Entra en vigor la Ley de bienestar animal: plazos, curso, seguro y todo lo que tienes que saber
Se incluyen sanciones y multas económicas para quienes incumplan con las normativas que buscan garantizar los derechos de los animales.
Este viernes 29 de septiembre entra en vigor la nueva Ley de Bienestar Animal. La nueva norma (Cuyo nombre técnico es Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales) tiene como objetivo mejorar los derechos de los animales de compañía y mascotas, así como poner coto y perseguir las prácticas dañinas que las personas puedan infligirles, las cuales podrían enfrentarse a multas de hasta 200.000 euros y penas de prisión. Al mismo tiempo empiezan a funcionar los cursos habilitantes y seguros necesarios para poder tener una mascota.
Lo primero a tener en cuenta es que, aunque la ley entre en vigor desde este viernes, a partir de este día comienza un plazo de 30 meses en el que las autoridades competentes elaborarán el listado de animales específicos que se encuentran dentro de lo que se considerará como un 'animal doméstico', según informa la Cadena SER.
Por otra parte, para tener una mascota, se tendrá que realizar un curso obligatorio (y gratuito) que habilite para ello, según dispone el Artículo 36 de la nueva legislación, que reza así: "Las personas titulares o responsables de perros tendrán que haber realizado un curso de formación acreditado".
Además, se establece que la persona que tenga un perro "deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente".
Multas y sanciones
Las infracciones que contempla la nueva Ley de Bienestar Animal varían según su gravedad, lo que determina también la cuantía de las multas y penas de prisión. Las principales son las siguientes:
—Infracciones leves: Se considerarán leves algunas como que los animales están en espacios públicos sin supervisión, no esterilizar a los especímenes que puedan estar en contacto con otros, dejar solos a los gatos en casa durante tres días y a los perros 24 horas... Todas estas, junto con la no realización del curso obligatorio o no contratar el seguro de responsabilidad civil podrían suponer entre 500 y 10.000 euros de sanción.
—Infracciones graves: se sancionarán como infracciones graves a los dueños que no tengan identificadas a sus mascotas con un microchip, a quienes críen y comercien con animales silvestres no autóctonos, a quienes no comuniquen la pérdida o robo de un animal durante las primeras 48 horas y a quienes usen a los animales como premios o rifas. La cuantía a abonar pueden ir desde los 10.001 euros hasta los 50.000. Las infracciones graves reiteradas podrán derivar en muy graves.
—Infracciones muy graves: Se contemplan para casos en los que se realice una eutanasia a animales con medios inadecuados o personal no cualificado, a quienes adiestren a sus mascotas con fines de pelea, quienes usen animales de compañía para el consumo humano o a quienes maten a gatos comunitarios fuera de los casos autorizados. Otros casos contemplados en esta categoría son la cría y venta de gatos, perros y hurones sin licencia en tiendas de animales y el uso de animales en circos y ferias. La cuantía para estas sanciones van desde los 50.001 euros hasta los 200.000.
A las muy graves se añaden penas de cárcel de 3 a 12 meses si el animal no muere y de 6 a 18 meses si fallece.