Le impone la condición para suspender la ejecución de la pena que no cometa un nuevo delito en un periodo de cuatro años y que pague una multa de 96.000 euros.
Le imputa un delito de lesiones graves, pero la calificación final queda a expensas de en qué medida la víctima pierde visión en el ojo que recibió el impacto de la agresión.
Señala que urdieron un plan para descapitalizar su patrimonio con el que evitar el pago de una deuda a un banco de Luxemburgo y con el ”ánimo de un enriquecimiento ilícito”.