Esto es lo que dice la ley si pillas a tu vecino tendiendo su ropa íntima en la fachada

Esto es lo que dice la ley si pillas a tu vecino tendiendo su ropa íntima en la fachada

Las normativas varían según la comunidad autónoma y el municipio, el tipo de edificio y las decisiones aprobadas en la junta de vecinos.

Ropa blanca tendida al sol.

Cuando viajas y sacas esas fotos del callejuelas bucólicas de ciudades históricas con su ropa tendida en los balcones, lo encuentras encantador o típico de pueblos o localidades de distintas partes del mundo. Pero, esa costumbre tan europea, sobre todo de los países del Mediterráneo, no está a la orden del día actualmente en España, textualmente.

La ley regula lo que puedes colocar en la fachada de un edificio, desde aparatos de aire acondicionado a precisamente, tu propia ropa tendida. Las normativas que regulan estas cuestiones son, por lo general, municipales, en las que tienen que ver no sólo las cuestiones estéticas, que también, sino también las decisiones de las comunidades de vecinos, así como el carácter patrimonial y situación del propio edifico o incluso de la riqueza arquitectónica de éste o incluso de la zona en la que se encuentre.

Por ejemplo, en las ciudades de Madrid y Barcelona, la normativa prohíbe tender la ropa en los balcones o ventanas que se pueden ver desde la calle, con la consecuencia de sanciones económicas para quienes se la salten, que varían dependiendo de la localidad, pero pueden llegar a los 750 euros. Además, también tiene voz en estos asuntos cada comunidad de vecinos, que también puede prohibirla, así como autoridades provinciales en algunas parte de nuestro país.

Las normativas que regulan el tendido de ropa en las fachadas de las viviendas varían según la comunidad autónoma y el municipio. Sin embargo, existen algunas pautas generales.

En Madrid, por ejemplo, la Ordenanza de Protección del Medio Ambiente Urbano señala: “Queda prohibido tender ropa o cualquier otro objeto en las fachadas de los edificios que den a la vía pública”.

La polémica está en que tu balcón es, en efecto, un espacio privado que te pertenece. Por lo tanto, dentro de lo razonable, la cuestión, cuando se trata de establecer normas en la comunidad de vecinos, es encontrar un punto intermedio que preserve tu derecho individual a usar tu terraza para lo que quieras, así como el cumplimiento las normas acordadas. Otra cosa es colgarla en las ventanas o espacios que dan a patios interiores, que siempre son el mejor recurso, en el caso de las viviendas que tienen acceso a ellos.

Así que, dependiendo de cada situación, cada vez es menos común tender la ropa en la ventana, especialmente en las grandes ciudades. También hay que tener en cuenta que la polución o suciedad ambiental (como cuando llega polvo del Sáhara o llueve con algo de barro) hace poco recomendable poner la ropa limpia a secar en el exterior en determinadas localidades. Por lo que las alternativas que más han prosperado son, desde las secadoras eléctricas a los tendedores plegables, que cada vez son más novedosos, de suelo, de techo, de pared o con calefacción, incluso dentro un armario. Opciones para todos los gustos y necesidades.