El universo coworking (I)

El universo coworking (I)

La crisis económica que sufrimos no solo impulsa a muchos jóvenes profesionales a aventurarse en el autoempleo, sino que favorece que el menor coste que supone un espacio compartido de trabajo se presente como la opción más viable para iniciar o tratar de mantener su actividad.

Definir qué es un coworking no es algo sencillo. Si hacemos caso de las definiciones más entusiastas, un coworking es un modelo de innovación en cuanto a la concepción de la vida laboral, el emprendimiento o el desarrollo de negocios. Básicamente, el coworking parte de la idea de un espacio compartido de trabajo, al que acuden profesionales y pequeñas empresas que conviven en un mismo entorno físico.

Sin embargo, una caracterización más completa del coworking obliga a tener en cuenta otros aspectos inmateriales que se proponen como sus mayores ventajas: esa convivencia estimula el establecimiento de interacciones y el desarrollo de sinergias, el fomento de la colaboración y el desarrollo de proyectos conjuntos.

Por eso podemos afirmar que no todo espacio de trabajo que se asiente sobre la fórmula aparente de la oficina compartida es un coworking, aunque se presente como tal. Un verdadero coworking no procura solamente un espacio de trabajo ni provee unos servicios comunes, sino que se desarrolla fomentando la colaboración y la interacción profesional entre sus miembros. Eso implica que al frente de un auténtico coworking debe haber un responsable implicado en la idea de comunidad profesional, y dispuesto a impulsarla.

Pese a todo lo anterior, cuando nos enfrentamos a las realidades jurídicas de un coworking la legislación nos obliga a ser más prácticos.

En primer lugar, debemos definir qué clase de relación se define entre el coworking y sus miembros (los coworkers): si se trata de un arrendamiento de local de negocio, de un arrendamiento de servicios o de una relación más compleja que incorpora elementos de ambos. De esta primera perspectiva se derivará el régimen de derechos y obligaciones asumido por las partes, así como todos los aspectos aplicables en situaciones de conflicto, terminación de la relación, etc.

En segundo lugar, deben tenerse en cuenta qué relaciones van a poder definirse en su caso entre los distintos coworkers, tanto en su convivencia profesional como en otros aspectos que también pueden involucrar a la organización del espacio común: aquí habrá que ponderar tanto la existencia de compromisos de confidencialidad o el riesgo de dar lugar a situaciones de competencia desleal como el cumplimiento de otras obligaciones legales (por ejemplo, las referidas a la Ley de Protección de Datos) y la posibilidad de que se generen distintas relaciones contractuales entre los coworkers.

Y por fin, al hilo de lo anterior, debe también considerarse que un coworking es un espacio que siempre pretende generar actividad, y no solamente alojarla. Es un hecho que los profesionales y pequeños empresarios más afines a este sistema de organización suelen pertenecer habitualmente a disciplinas creativas: diseñadores, programadores y desarrolladores informáticos, community managers (aunque también periodistas freelance, publicistas o los hoy ubicuos coach)... Esto implica que un coworking en buen funcionamiento va a contener una actividad multilateral generadora de creaciones intelectuales, de cuya protección deben responsabilizarse sus autores, pero que en ocasiones puede dar lugar a los conflictos más insospechados. Una buena organización de coworking debería también apreciar estos aspectos y estar capacitada para, cuanto menos, preverlos y disponer en su caso de unas capacidades de mediación y resolución de conflictos que garanticen su éxito.

La del coworking es hoy día una realidad en expansión: la crisis económica que sufrimos no solo impulsa a muchos jóvenes profesionales a aventurarse en el autoempleo, sino que favorece que el menor coste que supone un espacio compartido de trabajo se presente como la opción más viable para iniciar o tratar de mantener su actividad. Por eso, en este y sucesivos posts, trataremos de arrojar un poco de luz sobre estas cuestiones, tanto para los organizadores de espacios de coworking como para sus usuarios.

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