En contra del referéndum por la paz en Colombia
Desde hace meses me hago una pregunta en torno al proceso de paz en Colombia. Se piensa en mecanismos de consulta desde los que movilizar a la sociedad colombiana a efectos de que ésta apoye expresamente y ratifique el acuerdo de paz. Sin embargo, ¿de verdad es necesario hacer extensible una consulta a la sociedad civil preguntando si acepta o no el acuerdo de paz con las FARC?
Desde hace meses me hago una pregunta en torno al proceso de paz en Colombia. A efectos de conferir legitimidad al diálogo, se piensa en mecanismos de consulta desde los que movilizar a la sociedad colombiana a efectos de que ésta apoye expresamente y ratifique el acuerdo de paz. Sin embargo, ¿de verdad es necesario hacer extensible una consulta a la sociedad civil preguntando si acepta o no el acuerdo de paz con las FARC?
Considero cuestionable la constitucionalidad de una consulta de estas características. Esto, porque en la base fundacional del Estado de Derecho existen unos mínimos indisponibles frente a cualquier atisbo de voluntad popular. Es decir, tal voluntad popular, como pilar nuclear de la democracia, no puede disponer de todo cuanto quiera. Existe una base de derechos y libertades fundamentales que, sencillamente, no tienen cabida u objeto de discusión. La libertad, la justicia, la igualdad o la paz son bienes superiores, jurídicamente protegidos, respecto de los cuales al Estado le corresponde su promoción, garantía y protección, pero no su cuestionamiento. Esto, al menos, respecto de sus límites iusnaturales.
A nadie se le pasa por la cabeza someter a referéndum o plebiscito derechos tales como la libertad religiosa, la libertad de pensamiento o el derecho a la vida. De hecho, la paz hace parte de ese tipo de derechos que el Estado debe promover en sentido positivo, como un derecho inherente a la propia condición humana. A su vez, el individuo debe interiorizar y hacer valer el derecho a la paz. Ello, porque la violencia no es, ni mucho menos, inherente al ser humano y, en su defecto, de uno y otro lado, se deben afianzar mecanismos cooperativos, respetuosos con la ley y desprovistos de cualquier tipo de coacción violenta, ya sea directa, estructural o cultural.
En la tradición liberal, de Isaiah Berlin a Robert Nozick pasando por John Stuar Mill o John Rawls, podemos encontrar razones que invitan a pensar en la indisponibilidad de la paz como derecho.
Dicho de otro modo, que los colombianos decidan si quieren paz o guerra es un despropósito tan comparable a como si en la Alemania nazi se hubiera consultado la Shoah. Esto, porque la paz, igual que la promoción y el respecto de la dignidad humana, son incuestionables, indisponibles e inalienables. Al Estado colombiano, lo que le compete es promover la garantía de los acuerdos de paz, en términos de resolución, reconstrucción y reconciliación.
Así, más que discutir sobre la banalidad de "legitimar la paz", lo que debe hacer el actual gobierno es superar los ingentes niveles de desigualdad y exclusión social que hacen del país el segundo más desigual de América Latina, solo superado por Honduras; paliar los niveles de revictimización de los seis millones de desplazados o garantizar la reinserción de los que abandonan la actividad armada en búsqueda de un proceso de normalización política, económica y social que pasa por recomponer, urgentemente, un tejido social maltrecho.
En el Derecho Constitucional comparado, especialmente en Europa y también en Estados Unidos y Canadá, es posible apreciar este cuerpo de derechos indisponible frente a la ley y frente al Legislador, a efectos de evitar que, al respecto, la democracia se pueda desdibujar como la tiranía irreflexiva de las masas a la que se refería Alexis Tocqueville en La democracia en América.
En conclusión, poner la paz en el disparadero de un ejercicio reflexivo de la ciudadanía, sea donde sea, es una irresponsabilidad que sitúa, gratuitamente, a un bien jurídico superior en un peligro innecesario. Una irresponsabilidad que ahora se plantea en Colombia y que ya dejó otras experiencias negativas en el continente, como sucediera en Guatemala en 1999. En esta ocasión, considero que los Acuerdos de Paz deben ser salvaguardados, ratificados y garantizados por el gobierno a través de las instituciones de las que dispone en el Estado. Un gobierno cuya victoria electoral se fraguó en torno al tema del diálogo de paz con las FARC y para lo que dispone de una legitimidad legal-racional, que diría Weber, ajena a cualquier atisbo de duda.