Rodrigo Lanza, condenado a cinco años de prisión por el denominado 'crimen de los tirantes'
Cumplirá dos años en prisión provisional por la muerte de Víctor Laínez y podrá salir en junio de 2020
La Audiencia de Zaragoza ha condenado a 5 años de prisión al antisistema Rodrigo Lanza como responsable del homicidio imprudente de Víctor Laínez, que vestía unos tirantes con los colores de la bandera española en el momento de ser agredido por el acusado en un bar de Zaragoza, la madrugada del 8 de diciembre de 2017.
En su sentencia, el magistrado se ajusta al veredicto emitido por el jurado que enjuició el caso y condena a Lanza por un delito de lesiones dolosas en concurso ideal con otro de homicidio imprudente, con una atenuante de arrebato y una agravante de actuación por motivos ideológicos (odio).
El juez, que impone al condenado una indemnización de 200.000 euros para los familiares de la víctima y de 5.620 para el Servicio Aragonés de Salud por los gastos generados, acuerda reconocer los casi dos años de prisión provisional cumplidos por Lanza para el cumplimiento de la condena, pero precisa que “continuará” por el momento en prisión.
Los hechos
Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del 8 de diciembre de 2017, al bar Tocadiscos de Zaragoza, donde Lanza golpeó a Víctor Laínez. Aunque los hechos se han conocido como el “crimen de los tirantes”, el jurado no consideró acreditado que los amigos de Lanza le dijeran que Laínez llevaba tirantes con los colores de la bandera española.
El jurado sí considera probado, así se recoge también en la sentencia, que hubo una conversación previa en la que se hizo referencia a la ideología de Laínez como “facha, fascista, nazi” y a la nacionalidad a la que se pertenecía Lanza, como “sudaca, extranjero” ya que es originario de Chile.
Tras ser golpeado, Laínez cayó al suelo desplomado, quedando inconsciente, tras lo que le dio una patada en la cara y puñetazos en la cabeza y múltiples golpes. A consecuencia de estas lesiones, Laínez falleció cuatro días después, el 12 de diciembre, en la UCI del Hospital Clínico.
El jurado consideró en su veredicto que no fueron las lesiones que el acusado causó a su víctima las que le provocaron la muerte, sino el impacto sufrido en la cabeza cuando cayó al suelo por el golpe que el acusado le propinó, motivo por el que se considera un delito de lesiones y otro de homicidio imprudente.
En este caso, los dos delitos se califican jurídicamente como delitos en ‘concurso ideal’, lo que significa que se penan los dos delitos conjuntamente, pero con la pena, en el grado máximo, del delito más grave que en este caso es el de lesiones dolosas (intencionadas) y no el del homicidio.