La Justicia argentina revoca el procesamiento de Martín Villa por delitos de lesa humanidad
El exministro español había recurrido contra la decisión de la juez María Servini. La causa no está archivada.
La Sala Segunda de la Cámara Criminal y Correccional Federal de Argentina ha acordado revocar el procesamiento del exministro Rodolfo Martín Villa por presuntos delitos de lesa humanidad, pero ha estimado pertinente no archivar la causa todavía. Fuentes del entorno del exministro han recordado que la resolución puede ser recurrida ante la Corte Suprema y han precisado que el excargo presentará recurso si así lo hacen los querellantes.
En una resolución emitida este jueves, miembros del tribunal han precisado que no hay “pruebas directas o indirectas, indiciarias, variadas y/o unívocas compatibles” de los delitos de lesa humanidad que se le atribuían a Martín Villa.
Los magistrados han declarado la “falta de mérito” para procesar al exministro, pero también para archivar por completo el procedimiento en su contra. Así, han explicado que “la ley impone la adopción de un temperamento expectante, hasta tanto la pesquisa arroje respuestas en uno u otro sentido, sobre los interrogantes en pie”.
Martín Villa fue procesado por la juez María Servini por presuntos homicidios y torturas que habrían tenido lugar en la década de los 70, cuando era ministro de Relaciones Sindicales, de la Gobernación y del Interior. Los hechos fueron catalogados como crímenes de lesa humanidad. El excargo español presentó recurso contra esta decisión y acusó a la magistrada de falta de imparcialidad.
Carencia de evidencias para procesarle
Según consta en la resolución adoptada este jueves, la investigación de la juez Servini “carece” de las evidencias necesarias para procesar a Martín Villa, dado que “no basta con invocar las percepciones y opiniones sobre el contexto de lo acontecido”, sobre todo cuando, “como se vio”, dichas opiniones “están enfrentadas con otras diametralmente opuestas”.
El magistrado Martín Irurzun, uno de los firmantes de la resolución, ha insistido en que faltan pruebas para acreditar “un plan generalizado y sistemático contra parte de la población civil local en la época de los cuatro hechos del procesamiento”. Y ha asegurado que no coincide con la juez Servini en que Martín Villa fuera “autor mediato” de los hechos.
En este sentido, el magistrado Roberto Boico, también firmante del fallo, ha puntualizado que no se han aportado “pruebas objetivas, sea directas o indirectas” relativas a los crímenes contra la humanidad que se le atribuyeron al exministro.
Además, ha señalado que “desde antes de la emisión del procesamiento” se había planteado un “debate claro” sobre lo los hechos concretos por los que se imputó a Villa podían o no ser enmarcados en el contexto de “un ataque sistemático o generalizado contra parte de la población civil local”.