La Junta Electoral Central resuelve que Junqueras no puede ser eurodiputado
Ahora corresponde a la propia Junta comunicar al Parlamento Europeo este acuerdo, contra el que cabe recurso.
La Junta Electoral Central ha resuelto que Oriol Junqueras no puede ser eurodiputado por estar condenado “por sentencia firme a pena privativa de libertad”.
En su escrito, este órgano recuerda que la Ley Orgánica Electoral (LOREG) dispone que “son inelegibles” los condenados a pena privativa de libertad “en el periodo que dure la pena”.
En el caso de Junqueras, añade el texto, se da una causa de “inelegibilidad sobrevenida” por haber sido condenado por el Tribunal Supremo el 14 de octubre de 2019 a trece años de prisión y otros 13 de inhabilitación para ejercer cargo público, lo que “determina su cese como diputado electo del Parlamento Europeo”.
Por esta razón, el organismo declara la pérdida de condición de parlamentario europeo “con anulación de su mandato” y con efectos “desde la fecha de este acuerdo”.
Ahora corresponde a la propia JEC comunicar al Parlamento Europeo este acuerdo, contra el que cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante el Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.
La decisión del órgano electoral, adoptada por siete votos a favor y cinco en contra, había sido ya avanzada por el presidente del PP, Pablo Casado, quien anunció en un mensaje en su cuenta de Twitter que “otro recurso del PP a la Junta Electoral Central consigue que Junqueras no sea eurodiputado, y por tanto siga en la cárcel sin viajar a Bruselas”.
Estando en prisión provisional y en pleno juicio del ‘procés’, el líder de Esquerra consiguió en mayo su escaño en las elecciones europeas, pero la JEC no pudo expedirle la credencial en junio porque el Supremo le negó el permiso para cumplir el trámite que exige la legislación española, que es jurar o prometer la Constitución ante la Junta.
La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ante la consulta que le había dirigido el Supremo cambió las cosas porque la institución comunitaria entiende que el eurodiputado ya lo es desde que es elegido, sin que ningún trámite formal nacional pueda condicionar la obtención del escaño.
Antes de que hable el Supremo
Mientras el Tribunal Supremo estudia cómo aplicar esa sentencia, tanto el PP como Ciudadanos se apresuraron a solicitar a la JEC que no otorgue la credencial a Junqueras porque ya no es un preso esperando juicio, sino que es un condenado por sentencia firme a inhabilitación, según resolvió el Alto Tribunal en la sentencia del ‘procés’.
Ambos partidos entienden que esa condena de prisión y de inhabilitación dictada por el Supremo, que ya es firme, supone “una causa de inelegibilidad sobrevenida” para Junqueras que le impide ocupar un cargo público o parlamentario, por lo que no puede recibir la credencial de eurodiputado y así se debe comunicar al Parlamento Europeo.
Ciudadanos se adelanta incluso a la decisión y pide a la JEC que haga correr la lista de la coalición Ahora Repúblicas por la que se presentó ERC junto a Bildu y BNG, entre otros partidos. Si fuera así, el escaño pasaría a Jordi Solé i Ferran, también de ERC, que fue el ‘número cuatro’ de aquella candidatura.