Piden cambiar el nombre de ocho municipios en aplicación de la Ley de Memoria Democrática
El abogado de víctimas del franquismo alega que la ley establece que serán considerados elementos contrarios a la memoria democrática las referencias realizadas en topónimos.
Eduardo Ranz, abogado de víctimas del franquismo, ha presentado este martes peticiones a ocho municipios de España para que cambien su nombre y a 20 arzobispados y obispados para que retiren simbologías franquistas en aplicación de la recientemente aprobada ley de memoria democrática.
En un comunicado el letrado recuerda que aún existen ocho municipios con nombres dedicados “a quienes hicieron vivir la peor etapa de la historia más contemporánea” de España.
En concreto menciona tres en Castilla y León, Quintanilla de Onésimo (Valladolid), Alcocero de Mola (Burgos) y San Leonardo de Yagüe (Soria); dos en Extremadura, Guadiana del Caudillo y Villafranco del Guadiana, ambos en la provincia de Badajoz; otros tantos en Castilla-La Mancha, Alberche del Caudillo (Toledo) y Llanos del Caudillo (Ciudad Real); y uno en Andalucía, Villafranco del Guadalhorce (Málaga).
Ranz alega que el artículo 35 de la nueva ley establece que serán considerados elementos contrarios a la memoria democrática las referencias realizadas en topónimos.
20 territorio diocesanos con símbolos franquistas
A su vez relaciona 20 territorios diocesanos con símbolos franquistas y explica que la ley señala que cuando los elementos contrarios a la memoria democrática estén ubicados en edificios de carácter privado o religioso pero con proyección a un espacio o uso público las personas o instituciones titulares o propietarias de los mismos deberán retirarlos o eliminarlos.
En este sentido hace referencia a siete arzobispados, los de Oviedo, Mérida-Badajoz, Pamplona-Tudela, Santiago de Compostela, Sevilla, Valencia y Zaragoza.
Igualmente trece obispados, los de Getafe, Alcalá de Henares, Cartagena, Ciudad Rodrigo, Almería, Córdoba, Coria-Cáceres, Ourense, Orihuela-Alicante, Santander, Tui-Vigo, Calahorra y La Calzada-Logroño y Segovia.
Eduardo Ranz advierte de que el artículo 61.2.d) de la ley califica como infracción grave el mantenimiento de simbología franquista en un ayuntamiento o en el seno de la iglesia católica.
Explica que dicho precepto establece que “el incumplimiento de la resolución por la que se acuerde la retirada de símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática cuando entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares” supondrá una multa de entre 2.001 y 10.000 euros.
El abogado se congratula de que “pronto la simbología de exaltación de quienes cometieron crímenes contra la humanidad en España desaparecerá y será gracias a una ley democrática”.
Sin embargo, lamenta que aún estén presentes “en carreteras, mapas o centros religiosos de España simbología que recuerda” al franquismo.