El Constitucional acuerda suspender la investidura de Puigdemont sólo si es a distancia
Los magistrados aprueban por unanimidad obligar al expresident a volver a España si quiere ser investido.
Tras más de seis horas de reunión, debatiendo si admitir a trámite el recurso que el Gobierno interpuso a la candidatura de Carles Puigdemont como presidente de la Generalitat, el Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado por unanimidad suspender la sesión de investidura sólo en caso de que el candidato Junts per Catalunya no esté presente.
Se trata de una admisión parcial de las tesis del Abogado del Estado, en el sentido de considerar que el anuncio de candidatura realizado por el presidente del Parlament, Roger Torrent, no puede ser recurrido --se trataría de un recurso preventivo tal y como ha advertido el Consejo de Estado--, mientras que sí podría estudiarse la posible inconstitucionalidad de la convocatoria del martes en el Pleno de la Cámara dirigida a investir a un candidato no presente en dicho momento.
Esta solución supone superar las tesis contrarias a la admisión del recurso planteadas por el ponente de la resolución, el magistrado progresista Juan Antonio Xiol. Y se lograría además la unanimidad de todos los magistrados, evitando así romper la unidad que ha mostrado el Tribunal de garantías en todas sus resoluciones sobre el 'procés'.
Además del recurso del Gobierno, los doce magistrados que integran el tribunal de garantías tenían sobre la mesa la petición de los diputados electos de Junts per Catalunya, entre los que se incluye Puigdemont, para ser parte en el procedimiento. Su personación les permitiría poder explicar al TC sus argumentos en contra de las intenciones del Ejecutivo de Mariano Rajoy.
Por su parte, el Gobierno pedía concretamente la nulidad de la candidatura a la Presidencia de la Generalitat de Cataluña firmada por el presidente del Parlament y publicada en el Boletín Oficial del Parlamento autonómico.
El Ejecutivo ha mantenido su criterio de recurrir esa candidatura firmada por Roger Torrent el pasado día 22 y publicada el 23 de enero a pesar de contar con el criterio discrepante del Consejo de Estado, que no cree que sea el momento de acudir al Tribunal Constitucional por este asunto.