Las autoescuelas piden a la DGT que la incorporación de ayudas a la conducción en los exámenes "no entrañe discriminación"
"Los aspirantes al permiso se podrán examinar con vehículos dotados de ADAS o no”.
La Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE) ha pedido a la Dirección General de Tráfico (DGT) que la incorporación, a partir de este lunes, del Sistemas de Ayudas Avanzadas a la Conducción (ADAS) en los exámenes de Tráfico “no entrañe discriminación”.
Durante las pruebas de control de aptitudes y comportamientos podrán utilizarse desde este lunes los siguientes sistemas de ayuda a la conducción: ‘Start-Stop’; sistema de ayuda de salida en pendiente; activación automática de alumbrado y limpiaparabrisas; frenado de emergencia urbano e interurbano (AEB); alerta de tráfico cruzado (RCTA); cámara de marcha atrás, 360º y sensores de aparcamiento; sistema de detección de fatiga; o aviso de frenada de emergencia (EBD).
Para CNAE, esta nueva instrucción “plantea algunas dudas sobre los criterios de calificación, dado que los aspirantes al permiso se podrán examinar con vehículos dotados de ADAS o no”.
Por ello, remitió una carta a Tráfico en la que solicitaba una aclaración sobre varios supuestos. Por ejemplo, en referencia al sistema de activación automática del alumbrado, la DGT indica que, si entra en funcionamiento una vez rebasada la señal, “no se aplicará ninguna penalización”.
Esto, según la asociación, podría constituir un “agravio comparativo” con respecto a los aspirantes a conductores que accionan el dispositivo manualmente, los cuales han de hacerlo antes de rebasar la señal.
En su respuesta, Tráfico ha señalado que, en este supuesto, “el cambio en el criterio de calificación es específico para la conducción de vehículos con sistema de activación automática de alumbrado conectado”.
Sistema de frenado de emergencia
Con respecto al sistema de frenado de emergencia urbano e interurbano (AEB), que primero avisa y después toma el mando del vehículo para ejecutar una frenada de emergencia cuando detecta un riesgo de colisión, el criterio de calificación establece que el aviso no entrañará falta alguna, pero que sí podría hacerlo la intervención del sistema.
Si dicha intervención estuviese justificada, la falta sería eliminatoria, como si la frenada la hubiese hecho el profesor. En caso contrario, no habría calificación.
En este sentido, CNAE ha subrayado que, si el aviso no comporta falta cuando el vehículo lleva el AEB, “debería permitirse al profesor advertir al aspirante de un eventual obstáculo si el vehículo no lleva dicho AEB”. De este modo, según la organización, “todos los aspirantes gozarían de igualdad de oportunidades”.
La Confederación tampoco comparte el criterio de calificar como intervención del profesor la activación del AEB, ya que, a su juicio, le sería “muy difícil” al profesor explicarle al aspirante suspendido que ”él no ha tenido nada que ver con dicha activación”.
Por ello, CNAE ha sugerido que se establezca “un nuevo criterio de calificación bajo el epígrafe de ‘activación del sistema ADA’ o cualquier otro similar”.
En respuesta a esta objeción, la DGT ha comunicado a la Confederación la ampliación del correspondiente criterio de calificación, que ahora queda así: ‘Intervención del profesor o, en su caso, del sistema de frenado de emergencia (AEB)‘. De este modo, el examinador anotará en el apartado de ‘Observaciones’ el tipo de intervención, si la hubiere.