La ONU concluye que la inhabilitación del juez Garzón fue arbitraria
Pide a España “una reparación efectiva” porque el Tribunal Supremo vulneró su presunción de inocencia.
El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha dictaminado que el exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón fue inhabilitado en un “proceso arbitrario” cuando instruía el caso Gürtel, y pide a España “una reparación efectiva” porque el Tribunal Supremo vulneró su presunción de inocencia.
La resolución del organismo de la ONU, adelantada por el diario.es y a la que ha tenido acceso Efe, concluye que el Tribunal Supremo vulneró la presunción de inocencia de Baltasar Garzón y no observó las preceptivas garantías de un proceso judicial cuando en 2012 le condenó a 11 años de inhabilitación por ordenar que se interceptaran las comunicaciones que mantuvieron los cabecillas de la trama Gürtel con sus abogados.
Entiende el Comité de Derechos Humanos de la ONU que el proceso judicial que acabó con la inhabilitación de Garzón fue “arbitrario” y critica que el magistrado fuese privado de una segunda instancia ante la que poder recurrir.
“Reparación integral”
Así, exige al Estado español una “reparación integral” a Garzón, que borre sus antecedentes penales y le proporcione “una compensación adecuada por el daño sufrido”.
El dictamen da a España seis meses para “garantizar una reparación efectiva” a Garzón por los derechos lesionados.
“El Comité considera que la condena del autor fue arbitraria e imprevisible al no estar basada en provisiones suficientemente explícitas, claras y precisas que definan con exactitud la conducta prohibida”, detalla el escrito, que aboga por una “reparación integral a los individuos cuyos derechos hayan sido violados”.
“En consecuencia, el Estado parte tiene la obligación de borrar los antecedentes penales del autor y de proporcionarle una compensación adecuada por el daño sufrido. El Estado parte tiene también la obligación de adoptar medidas para evitar que se cometan violaciones semejantes en el futuro”, concluye.
Y añade que el Comité desea recibir del Estado español, en un plazo de 180 días, información sobre las medidas que haya adoptado para aplicar el presente dictamen, y que le de publicidad.