La ley de solo sí es sí incluye penas de hasta tres años para dueños de prostíbulos
También se incluyen sanciones como el cierre del local, castigos que se aplican independientemente de que la persona prostituida haya dado su consentimiento.
La ley de Garantías de la Libertad Sexual, aprobada este martes en segunda vuelta por el Consejo de Ministros, incluye en su texto penas de hasta tres años de cárcel para los dueños de prostíbulos, así como el cierre del local. Este castigo se aplica independientemente de que la persona prostituida haya dado su consentimiento.
Esta norma, más conocida como la ley de solo sí es sí, se impulsó tras la sentencia del caso de la manada de Pamplona y tenía como objetivo modificar el Código Penal para aunar en un solo tipo delictivo el abuso y la agresión sexual. Además, se ha buscado poner el consentimiento de la víctima como eje central del texto, según Europa Press.
Sin embargo, durante la redacción y debate del texto, el Ministerio de Igualdad ha ido incluyendo algunos apartados específicos. Así, se habla por primera vez del feminicidio con fines sexuales, se han añadido medidas para un mejor acompañamiento y reparación de las víctimas y se ha recuperado la tercería locativa como iniciativa para luchar contra la trata con fines de explotación sexual.
La norma antigua
Esta figura, que se eliminó del Código Penal en 1995, penaliza a los dueños de locales de prostitución. En concreto, la ley de solo sí es sí recoge que quien “con ánimo de lucro y de manera habitual destine un inmueble, local o establecimiento, o cualquier otro espacio, abierto o no al público, a favorecer la explotación de la prostitución de otra persona”, será “castigado con pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a dieciocho meses sin perjuicio de la clausura” del local. Esta medida punitiva, según apunta el texto legislativo, se llevará a cabo aunque la persona explotada para la prostitución dé su consentimiento.
Del mismo modo, destaca que “la pena se impondrá en su mitad superior cuando la prostitución se ejerza a partir de un acto de violencia, intimidación, engaño o abuso”.
Con esta reforma del Código Penal se amplía la legislación actual en esta materia, que sí recogía como delito el coaccionar, engañar o abusar de alguien para prostituirlo en beneficio propio.
Pero, además, la ley de solo sí es sí amplía las penas para estos últimos. Si ahora el Código Penal recoge penas de cárcel de entre dos y cinco años y multa de doce a veinticuatro meses; el nuevo texto del Gobierno recoge penas de entre tres a seis años y multa de dieciocho a veinticuatro meses.
También se incluye un nuevo supuesto por el que se le aplicará al autor del delito las penas previstas en su mitad superior: que la víctima esté en estado de gestación.
“Acabar con el proxenetismo” es el objetivo que Montero se ha puesto con esta ley, a pesar de que ella misma se ha declarado “abolicionista” de la prostitución. Esta postura la comparte, además con la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, quien ya ha anunciado una ley con este fin, que el PSOE registró en las Cortes en el 2018.
Calvo echa un nuevo pulso, así, al Ministerio de Igualdad que ya ha anunciado el inicio de sus trabajos en una norma contra la trata, en la que no solo se aborda aquella que tiene fines de explotación sexual.
Montero cuenta, en este tema, con la presión de parte de su grupo parlamentario, ya que sus socios en el Congreso y el Senado, En Comú Podem, son partidarios de regular la prostitución y no prohibirla.
Ante las críticas de parte del feminismo hacia Montero por no abolir la prostitución, la ministra ha respondido que su prioridad ahora es la lucha contra la industria proxeneta.