La Justicia rechaza que la muerte de Mame Mbaye en Lavapiés fuera provocada por la persecución policial
Su fallecimiento dio lugar a disturbios en Lavapiés y a declaraciones de varios políticos que cuestionaron la labor de la Policía Municipal.
La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que la muerte del mantero Mame Mbaye en el barrio madrileño de Lavapiés el 15 de marzo de 2018 se debió a causas naturales y no fue provocada por ninguna persecución policial, y ha decretado el archivo definitivo de la causa.
Según ha informado este lunes el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), la Sección Cuarta de la Audiencia provincial dictó el pasado mes de febrero un auto en el que desestima el recurso interpuesto por la asociación SOS Racismo Madrid y ordena el sobreseimiento y archivo de las actuaciones.
La Sala confirma así los autos dictados el 11 de abril y el 30 de noviembre de 2018 por el Juzgado de Instrucción 48 de la capital.
Consideran los magistrados que “no se desprende el más mínimo vestigio de que el fallecido -Mame Mbaye- se hubiese visto sometido personalmente a ningún tipo de hostigamiento o persecución policial previa que pudiera haber desencadenado los letales efectos de la patología cardíaca que presentaba”, como sostiene el recurso “de forma absolutamente infundada”.
“La Policía ni siquiera perseguía al posteriormente finado y a su acompañante, sino a otras personas distintas, aunque aquellos decidiesen alejarse corriendo del lugar por miedo a ser identificados”, añade el auto.
Detalla también que “no cabe extraer del examen de las actuaciones sospecha razonable alguna de que la policía hubiese sometido al luego fallecido a tortura o a trato inhumano o degradante que pudiera haber estado en el origen del proceso fisiológico que se desencadenó y que acabó dando lugar a su fallecimiento”.
Fue atendido cuando se desvaneció, por su pareja y “por los dos policías municipales
Para la Sala queda claro que “la invocación de la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva que la parte apelante realiza carece de todo fundamento y, por tanto, debe ser rechazada”, al igual que ocurre con la segunda idea que sostenía el recurso: que el fallecido pudo haber recibido una inadecuada atención médica tras haberse desvanecido.
En este sentido los magistrados explican que Mame Mbaye fue atendido por el hombre que le acompañaba cuando se desvaneció, por su pareja y “por los dos policías municipales que acudieron de inmediato al lugar y que procedieron a realizar las primeras maniobras de reanimación con simultánea y urgente petición de ayuda a los servicios sanitarios”.
Subrayan que en el informe preliminar de autopsia se indica que “se trata de una muerte de origen natural por parada cardiorrespiratoria en la que no se identifica la acción de terceras personas, sin que tampoco se apreciase en el cadáver signo alguno de violencia ni señales de defensa o lucha”, y además en el informe complementario posterior se detalla que “el fallecido padecía una patología cardíaca estructural”.
“De todo ello se sigue, además, la absoluta improcedencia de practicar nuevas diligencias de investigación, debiendo calificarse de impertinentes, inútiles y meramente prospectivas las diligencias cuya práctica interesa la parte apelante en su recurso”, concluye la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial.
Mame Mbaye, inmigrante senegalés de 34 años en situación irregular, había llegado a España en un cayuco y falleció en la calle del Oso, cerca de su domicilio, tras un control rutinario contra el “top manta” en la Puerta del Sol.
Su fallecimiento dio lugar a disturbios en Lavapiés y a declaraciones de varios políticos que cuestionaron la labor de la Policía Municipal en el suceso, entre ellos las de la edil de Ahora Madrid Rommy Arce, que se sentará en el banquillo porque la jueza del Juzgado de Instrucción número 12 de Madrid ha dictado auto de procesamiento en su contra, acusada de injurias a los agentes.