La justicia europea exige identificar productos de asentamientos israelíes
El fallo pretende distinguir entre las exportaciones producidas dentro de las fronteras reconocidas internacionalmente o en zonas ocupadas
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció este martes que los productos que procedan de los asentamientos israelíes en los territorios ocupados por Israel desde 1967 -Cisjordania, Jerusalén Este, la Franja de Gaza y los Altos del Golán- deben indicar ese origen en el etiquetado.
La decisión del alto tribunal comunitario, ante la que no cabe recurso, avala así la decisión de Francia de introducir esta exigencia, medida que fue recurrida en 2016 ante la justicia gala por la Organización judía europea y la empresa Psagot, que explota viñedos en los territorios ocupados.
El objetivo: evitar inducir a error al consumidor
El TJUE considera que las normas comunitarias en materia de etiquetado alimentario obligan a indicar si un producto procede de uno de estos territorios ocupados y, en caso de que provenga de uno de los asentamientos israelíes en los mismos, a especificarlo.
Argumenta que si se indica solo que el país de origen es el Estado de Israel, esto “podría inducir a error a los consumidores” sobre el hecho de que Israel está en esos territorios como potencia ocupante y no como entidad soberana.
Además, añade, también es obligatorio indicar si proceden de un asentamiento israelí para evitar que el consumidor pueda pensar que proceden de un productor palestino, en el caso de Cisjordania, o de un sirio, en el de los Altos del Golán.
El TJUE recuerda que los asentamientos israelíes en algunos de los territorios ocupados por Israel violan el Derecho internacional humanitario al “materializar una política de traslado de población que este Estado aplica fuera de su territorio”, que “ha sido condenada reiteradamente” por Naciones Unidas.
Para la corte, el hecho de que un producto sea originario de un asentamiento que infringe las normas del derecho internacional “puede ser objeto de evaluaciones de orden ético que pueden influir en las decisiones de compra de los consumidores”.
Las normas europeas, recuerda, obligan a que la información permita al consumidor tener en cuenta “no solo consideraciones sanitarias, económicas, ecológicos o sociales, sino también consideraciones éticas o relativas al respeto del Derecho Internacional”.
El Consejo de Estado francés, el máximo órgano judicial del país y que había preguntado al TJUE sobre el caso, deberá ahora resolverlo ateniéndose a la sentencia, que también vincula al resto de Estados miembros de la UE.
La posición de la UE, sin cambios
El dictamen de la corte de Luxemburgo confirma también la interpretación que había hecho la Comisión Europea en 2015 de las normas sobre el etiquetado alimentario en relación con los territorios ocupados por Israel.
La portavoz del Ejecutivo comunitario, Mina Andreeva, dijo que “toman nota” de la sentencia y que esta no cambia ni la política de consumo de la UE ni su posición sobre los territorios ocupados por Israel.
La UE y sus Estados miembros no reconocen la soberanía israelí en Cisjordania -incluida Jerusalén Este-, la Franja de Gaza y los Altos del Golán, que este país ocupa desde el fin de la guerra de los Seis Días en 1967, y considera ilegales los asentamientos israelíes en esos territorios.
La Comisión precisó, no obstante, que la sentencia no afecta a los productos de Israel “en sí mismos” y por tanto, no cambia el trato aduanero preferencial que reciben los que se originan dentro de sus fronteras gracias al acuerdo de asociación entre la UE e Israel.
Bruselas, recordó la portavoz, “no apoya ningún tipo de boicot o sanciones a Israel y rechaza los intentos de las llamadas campañas Boicot, Desinversión y Sanciones (BDS) para aislar a Israel”, la estrategia palestina que desde hace más de una década llama a la oposición internacional a la política de ocupación de Israel por estos medios.
Las reacciones
En una reacción a la sentencia, la Asociación Judía Europea criticó que “toda la base de la política de etiquetado es puramente discriminatoria contra el único Estado judío del mundo” y que ningún otro país del mundo con territorios en disputa está sujeto a una política tan unilateral.
La asociación consideró además que con la decisión la UE “lanza un mensaje de castigo” a los israelíes justo en una jornada en la que el grupo terrorista palestino Hamás “y sus acólitos” están “bombardeando a población civil inocente en Israel”.
Tras un ataque dirigido por parte de Israel que ha matado a un miliciano de la Yihad Islámica palestina en la Franja de Gaza, ese grupo ha lanzado decenas de proyectiles desde el enclave, algunos de los cuales impactaron en ciudades del sur de Israel causando heridos leves.
Por el contrario, la ONG Oxfam aplaudió la sentencia y subrayó que los asentamientos israelíes “violan los derechos y libertades de los palestinos y agravan la pobreza en el Territorio Palestino Ocupado”.
“Los consumidores tienen derecho a conocer el origen de los productos que compran y el impacto de estas compras sobre la vida de la gente”, afirmó en un comunicado.