La Fiscalía pide al Constitucional que mantenga a Toni Cantó fuera de la lista de Ayuso para el 4-M
La solicitud también afecta a Agustín Conde. La Justicia declaró a ambos "inelegibles".
La Fiscalía ha pedido al Tribunal Constitucional que mantenga a Toni Cantó fuera de la lista del PP para el 4-M. La solicitud incluye también que se deje fuera a Agustín Conde. Ambos fueron declarados inelegibles por la Justicia al empadronarse fuera de plazo. La decisión final queda en manos del Alto Tribunal, que se reúne el viernes para tratar la cuestión.
En su escrito de alegaciones, al que ha tenido acceso Efe, el Ministerio Público solicita la ”íntegra desestimación” del recurso de amparo de los populares contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 5 de Madrid. En su fallo, el juez remarcó que la ley electoral en Madrid obliga a que los candidatos en las listas debían estar empadronados en la región antes del 1 de enero de 2021. Y según se recoge en la sentencia, Cantó se empadronó el 22 de marzo y Conde lo hizo cuatro días después, el 26.
“Vistos los volantes de empadronamiento aportados por el Partido Popular, se reputa acreditado que el empadronamiento en la Comunidad de Madrid de los candidatos Sres. Cantó y Conde ha sido en fecha posterior al cierre del censo electoral vigente (1 de enero de 2021) y anterior a la presentación de la candidatura por el Partido Popular, en que se han integrado”, indica la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo.
El PP dice que la Justicia “fabricó” un requisito no establecido por ley
Según el PP, el Juzgado de lo Contencioso “fabrica” jurisdiccionalmente “ex novo” un requisito “no establecido por la ley ni amparado por interpretaciones previas de la misma, el de que deben reunirse los requisitos para ser candidato no el día de presentación de la candidatura sino el día de cierre censal”. Para los populares “jamás se ha exigido hasta este caso, en que un juzgado unipersonal ha decidido que así era, contraviniendo a la Junta Electoral Provincial de Madrid”. Este organismo sí dio la razón al PP y avaló las dos candidaturas.
Pero la Fiscalía considera que para el ejercicio del derecho de sufragio activo es “indispensable la inscripción en el censo electoral vigente”, que será cerrado el día primero del segundo mes anterior a la convocatoria electoral, en este caso, el 1 de enero de 2021. Ni Cantó ni Conde estaban censados en Madrid en esa fecha.
Nada más conocerse que Cantó, ex de Ciudadanos (y de otros partidos) fichaba como independiente para ir de número 5 de Díaz Ayuso, el PSOE planteó un recurso contra la lista madrileña. El texto afectó también a Agustín Conde, situado en el puesto 23 de la papeleta, una posición más que sobrada para lograr el acta de diputado en la Asamblea, a tenor de las previsiones.