La Fiscalía niega la inmunidad de Junqueras y rechaza preguntar a Luxemburgo
El Supremo abrió la puerta a elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
La Fiscalía se ha opuesto formalmente a que el Supremo pregunte al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre “los privilegios y las inmunidades” de Oriol Junqueras al estimar que la jurisprudencia de la UE es clara al respecto y determina que éste no estaría protegido por dicha prerrogativa.
Hace unos días, el Supremo abrió la puerta a elevar una cuestión prejudicial a Luxemburgo sobre este asunto a petición del exvicepresidente de la Generalitat, a quien impidió salir de prisión el pasado 17 de junio para continuar con los trámites necesarios para convertirse en eurodiputado.
En respuesta al tribunal, la Fiscalía deja claro que “no existen dudas razonables” que hagan necesario acudir al TJUE dado que en la Unión Europea hay “jurisprudencia constante por la que se considera que existe acto claro o aclarado” al respecto.
“Los privilegios e inmunidades son aplicables una vez adquirida la plena condición de miembro del Parlamento europeo y cuando éste se encuentre en periodo de sesiones”, afirma la Fiscalía en un informe en el que recuerda que el TJUE ya se pronunció en una sentencia de forma similar.
Por tanto, “la inmunidad y el consiguiente suplicatorio” requiere que se cumplan estos dos requisitos, que, insisten los fiscales, “no concurren en el presente supuesto”.
En los próximos días, cuando el resto de las acusaciones y la defensa de Junqueras se hayan pronunciado, el Supremo debe decidir si finalmente pregunta a Luxemburgo.
En su escrito, la Fiscalía cree que la jurisprudencia del TJUE reconoce “con meridiana claridad” la competencia “exclusiva” a las autoridades nacionales para regular las condiciones para la adquisición del estatuto de europarlamentario.
Como también lo hacen -prosigue- los servicios jurídicos del Parlamento europeo, que señalaron que “es atribución exclusiva de la autoridad judicial competente autorizar a los parlamentarios electos bajo orden de arresto nacional la prestación de juramento o acatamiento de la Constitución que les convierte en europarlamentarios de pleno derecho”.
Reitera la Fiscalía que la prohibición a que Junqueras saliese de prisión está “plenamente” justificada por “la necesidad de proteger otros fines constitucionalmente legítimos”, es decir, la salvaguarda del caso en el que se enfrenta a 25 años de cárcel y que está a la espera sentencia, y además no supone la “pérdida de la titularidad del derecho” sino “un aplazamiento temporal de su efectividad”.
Con todo, recuerda que a día de hoy el escaño de Junqueras está vacante por lo que todas las prerrogativas “que les pudieran corresponder por razón de su cargo” estarían en su caso suspendidas.