El Gobierno aprueba la reforma de la Ley Concursal: estos son los cambios
El anteproyecto deberá ser aprobado en el Congreso, por vía de urgencia, para que entre en vigor antes del 30 de junio.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes en segunda vuelta el proyecto de reforma de la Ley Concursal, que ahora pasará al Congreso, donde se tramitará por la vía de urgencia con el objetivo de que entre en vigor antes del próximo 30 de junio.
Según ha explicado la ministra de Justicia, Pilar Llop, en la rueda de prensa posterior a la reunión del Gobierno, se trata de una norma muy importante, cuyo objetivo es que ninguna empresa viable tenga que “bajar la persiana” por tener problemas económicos concretos.
El nuevo marco, más ágil y más flexible, incide en tres aspectos básicos: la reestructuración temprana de empresas viables, la posibilidad de exoneración de deudas para los deudores de buena fe -que se ha ampliado también a los consumidores- y la necesidad de elevar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración de insolvencia y exoneración de deuda.
Es una directiva de mínimos, reconoce la ministra, pero crea un espacio de competencia entre los estados miembros de la UE porque el que mejor transponga la directiva dispondrá de un mejor escenario para las inversiones y para la recuperación económica.
Los inversores y las empresas necesitan marcos de gestión de la crisis que sean predecibles, que les den seguridad jurídica y sean eficaces y estables. “Estamos ante una oportunidad de atraer inversiones para España y para dar un balón de oxígeno a las empresas viables, que podrán mantener su actividad y sus puestos de trabajo”, ha añadido.
Por eso también es muy importante que se haya aprobado la prórroga de la moratoria concursal hasta junio del año que viene, ha dicho la ministra, y ha añadido que el Gobierno espera que se apruebe la nueva norma en esa fecha.
El pilar de la reforma: los planes de reestructuración
La reforma concursal tiene como elemento central los planes de reestructuración, que sustituyen a los antiguos acuerdos de refinanciación y buscan facilitar que las empresas deudoras viables dispongan de un instrumento eficaz para evitar la insolvencia o salir de ella.
Este instrumento va dirigido a compañías con dificultades financieras y favorece una reestructuración en un estadio más temprano, cuando se detecten indicios que apunten a una posible insolvencia, frente a la actual exigencia de que sea inminente.
Sistemas de alerta temprana
Otro punto clave es el protagonismo que se da a los sistemas de alerta temprana, para lo que se han fijado unos indicadores que avisen a las empresas antes de tener problemas financieros, para que puedan acudir a preconcursos preventivos.
Regulación de la protección de las pymes
También se ha regulado la protección de las pequeñas y medianas empresas, que son el 90% del tejido empresarial español, a las que se aplica el régimen general y se abaratan los costes potenciando los trámites telemáticos y sin tener que acudir a un notario o a un auditor. Todo esto bajo el principio de la mínima intervención de los tribunales, ha explicado.
Una nueva figura
La norma también introduce la figura del experto en reestructuraciones, que acompaña a los empresarios menos experimentados para negociar la reestructuración de las empresas.