Estas son las nuevas medidas de la DGT: más puntos por infracción y nuevos límites de velocidad
Hablar por el móvil al conducir saldrá más caro.
El Gobierno ha dado luz verde a un paquete de medidas de seguridad vial que afectarán a todos los conductores. El objetivo de esta reforma, aprobada en la reunión del Consejo de Ministros de este martes, es rebajar un 50% los fallecidos y los heridos graves en carretera.
A pesar del descenso de la siniestralidad vial vivido en los últimos años, todavía queda mucho por hacer. El año 2019 terminó con 1.098 muertos en las carreteras, según las cifras de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Estas las principales medidas aprobadas:
Mayor retirada de puntos a los malos conductores
Conducir utilizando el móvil supondrá la pérdida de 6 puntos del carnet de conducir, frente a los 3 puntos que se perdían hasta ahora. Se entenderá que el conductor está usando este dispositivo si lo sujeta con la mano, ya que cuando se puso en marcha la anterior normativa no existía WhatsApp. La multa se mantiene en 200 euros.
No utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil o el casco supondrá la pérdida de 4 puntos, frente a los 3 que se perdían antes.
Llevar mecanismos para detectar radares supondrá la pérdida de 3 puntos y una multa de 500 euros.
Los conductores podrán recuperar 2 puntos del carnet de conducir si realizan cursos de conducción segura certificados por la DGT. El saldo inicial de puntos se recuperará si transcurren dos años seguidos sin infracciones.
Los futuros conductores que utilicen dispositivos de comunicación no autorizados durante los exámenes de conducir tendrá que pagar una multa de 500 euros y no podrán presentarse al examen durante los seis meses siguientes.
Se rebaja la velocidad de circulación en ciudades
Los conductores de vehículos no podrán conducir a más de 20 km/h en las vías que tengan la calzada y la acera a la misma altura.
Si se trata de una calle con único carril por sentido de circulación, la velocidad no podrá superar los 30 km/h.
En cambio, si se trata de una calle con dos o más carriles por sentido, el límite de velocidad se mantiene en 50 km/h.
A la hora de adelantar, los turismos y las motocicletas no podrán superar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales.
Los patinetes no podrán ir por la acera
Los vehículos de una o más ruedas con una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, como los patinetes, tendrán que tener una velocidad máxima situada entre 6 y 25 km/h.
Estos vehículos no podrán circular por las aceras y las zonas peatonales. Tampoco podrán circular en túneles, ni en vías interurbanas y autopistas que transcurran por una población.
Los conductores tendrán que cumplir las mismas normas de circulación que el resto, es decir, no podrán utilizar el móvil, ni auriculares y podrán ser sometidos a pruebas de alcoholemia.
Los repartidores podrán tener 18 años
Ante el auge del comercio electrónico y el mayor reparto de paquetes en las ciudades, la normativa reduce la edad mínima para conducir camiones de los 21 años actuales a los 18 años, la misma edad que el permiso del coche. Estos conductores tendrán que tener aprobado el certificado de aptitud profesional (CAP) de 280 horas de duración.
También se rebaja a 18 años la edad mínima para conducir autocares, aunque no se podrán transportar pasajeros. Una vez cumplidos los 21 años y aprobado el CAP, estos conductores podrán llevar pasajeros.