La Manada, condenada a 15 años por violación
El Tribunal Supremo ha aumentado la pena a La Manada al considerar que se trata de "violación" y no de "abuso sexual". Los cinco condenados ya han sido detenidos.
No fue abuso, fue violación. Parece uno de los cánticos que han entonado durante tres años las mujeres en defensa de la víctima de La Manada, pero es la conclusión a la que ha llegado el Tribunal Supremo este viernes en una de las sentencias más esperadas de los últimos tiempos.
Los cinco condenados han sido detenidos este mismo viernes, según ha confirmado la policía. Posteriormente, han ingresado en el centro penitenciario Sevilla 1, situado en la la localidad de Mairena de Alcor.
A la vista de los hechos probados, el Supremo considera incorrecta la calificación jurídica de las anteriores sentencias porque el relato describe un “auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados”.
El alto tribunal ha adelantado el fallo de una sentencia que se hará pública próximamente y será firme, en la que modifican la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Navarra -que ratificó la anterior- y elevan la condena a José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Alfonso Jesús Cabezuelo, Antonio Manuel Guerrero y Ángel Boza. Considera la Sala que concurren además las circunstancias agravantes de trato vejatoria a la víctima, de 18 años, y actuación conjunta de dos o más personas.
En el caso de Guerrero, le condena a 2 años más por un delito de robo con intimidación al quedarse con el móvil de la joven tras la agresión, unos hechos por los que sin embargo fue condenado anteriormente a una multa por hurto.
Además de la pena de cárcel, el Supremo les impone la prohibición de acercarse a la víctima durante 20 años a una distancia inferior a los 500 metros así como la prohibición de comunicarse por cualquier medio con ella, y eleva a 100.000 euros la indemnización conjunta y solidaria a la joven.
Sin olvidar los 8 años de libertad vigilada que la Sala les impone una vez cumplan la pena de cárcel.
El fallo supone el inminente ingreso en prisión de los cinco acusados -en libertad provisional desde junio de 2018-, una cuestión que deberá ejecutar la Audiencia de Navarra por ser el tribunal sentenciador, que les deberá citar próximamente para comunicarles su encarcelamiento.
Tras años de protestas, fallos de los tribunales, miles de artículos informativos y de opinión y programas de televisión con y sin perspectiva de género... Y tres años de angustia para la víctima que denunció una violación con 18 años y no ha visto resultados hasta los 21, la decisión del Supremo -cuya sentencia será firme- supone la primera vez que un tribunal da la razón a la víctima y al resto de acusaciones al considerar que sufrió una violación el 7 de julio de 2016 en Pamplona.
La polémica que ha habido ha sido alrededor de la diferencia entre el delito de “abuso” y “agresión sexual”. Para que se de este último, los letrados deben percibir que se haya ejercido violencia e intimidación, cosa que se descartó en los primeros fallos.
El 7 de julio de 2016, cinco jóvenes fueron detenidos de madrugada porque una madrileña de 18 años había denunciado una violación múltiple en un portal. Los seis se conocieron en las fiestas de San Fermín y los cinco chicos condujeron a la joven a un portal, donde la penetraron anal, oral y vaginalmente sin condón ante el “estado de shock” de la víctima, según la sentencia.
Así ha sido la detención de dos de los miembros de La Manada:
Consulta aquí el fallo de la sentencia:
Fallo del Tribunal Supremo de la sentencia del Caso de La Manada by El HuffPost on Scribd