El Gobierno aprueba un real decreto para facilitar el cambio de domicilio de las empresas
La nueva norma, integrada en la Ley de Sociedades, suprime la autorización de la junta de accionistas
El Gobierno ha aprobado este viernes un real decreto para facilitar el cambio de domicilio fiscal de las empresas. La medida supone una modificación de la disposición de la Ley de Sociedades de Capital, aprobada en 2015, que establece que "el órgano de administración será competente para cambiar el domicilio social dentro del territorio nacional", salvo disposición contraria de los estatutos.
El real decreto aprobado por el Consejo de Ministros suprime el requisito de que un cambio de domicilio sea aprobado por la junta de accionistas, aunque los estatutos de la sociedad digan lo contrario, de modo que sería suficiente con que el consejo de administración de la compañía lo autorizase.
El Gobierno agiliza así el procedimiento para cambiar el domicilio social de las empresas, una medida adoptada a petición de las propias compañías y ante la "incertidumbre" creada por la "política irresponsable" de la Generalitat de Cataluña.
El ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos, ha calificado de "triste" que "empresas importantísimas de Cataluña" hayan decidido abandonar la comunidad autónoma, empujadas por la inestabilidad del proceso independentista.
"Esto no es culpa de las empresas", ha considerado, sino de la "política irresponsable" de la Generalitat, que genera "incertidumbre, inquietud".
Al eliminar este requisito, se evita tener que convocar la junta, lo que conlleva generalmente un plazo mínimo de un mes hasta la celebración y la incertidumbre sobre el resultado de la votación en este punto, lo que facilita el procedimiento.
El Gobierno ha abordado este real decreto ley de medidas urgentes en materia de movilidad de los operadores económicos dentro del territorio nacional con PSOE y Ciudadanos y este último ya ha avanzado que votará a favor.
NO IMPLICA MOVIMIENTO DE LAS OFICINAS
El cambio de domicilio social no implica el movimiento físico de las oficinas o de los empleados, que pueden trabajar desde cualquier lugar, y además no tiene que coincidir con el domicilio fiscal.
En materia fiscal, los principales gravámenes, impuesto de sociedades e IRPF son estatales y no cambian con el traslado, mientras que los impuestos locales, IBI y actividades económicas, se refieren a establecimientos físicos y no se verían alterados por un cambio de sede.
El goteo de empresas que han anunciado su salida de Cataluña comenzó esta semana con la biotecnológica Oryzon y la firma de telecomunicaciones Eurona, ambas cotizadas.
Especialmente delicada es la situación para las entidades financieras, que en caso de una eventual independencia dejarían de estar amparadas por la regulación europea, lo que las estaba penalizando en Bolsa.
Después de perder 3.000 euros en Bolsa por las caídas de los últimos días, Banco Sabadell decidió este jueves trasladar su sede social a Alicante -donde se ubicaba la antigua CAM, que adquirió en 2011-, un movimiento que no requería del visto bueno de la junta porque así lo prevén sus estatutos.
En cambio, sí lo recogen los de CaixaBank, cuyo consejo de administración se reúne este viernes para abordar esta misma cuestión y que ahora ven facilitada gracias al real decreto aprobado por el Gobierno.
También este viernes, la textil Dogi ha anunciado su traslado a Madrid, y otras firmas como Gas Natural Fenosa, Catalana Occidente o Freixenet lo están estudiando.
Ante estos movimientos corporativos, el vicepresidente de la Generalitat de Cataluña, Oriol Junqueras, ha acusado al Gobierno de presionar a los bancos para que trasladen sus sedes y ha asegurado que el cambio de domicilio es "temporal".