El CGPJ impide que el juez progresista de la Gürtel decida sobre el ingreso en prisión de los condenados
La Comisión Permanente ha decidido que la ley no permite que forme parte del tribunal si ha cambiado de destino.
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha rechazado la petición del juez Ricardo de Prada de participar en la mañana de este lunes en las vistillas de medidas cautelares para 16 de los condenados en Caso Gürtel en las que se decidirá si deben o no ingresar en prisión de manera inmediata.
La Comisión Permanente, el órgano ejecutivo del CGPJ, se ha reunido esta mañana, inmediatamente antes de que se celebren las vistillas para decidir si se encarcela de manera inmediata a los condenados por la sentencia de la Audiencia Nacional.
El CGPJ debía decidir sobre si el citado magistrado, de orientación progresista y que fue miembro del tribunal de Gürtel, debía participar en las mismas como él había solicitado pese a hallarse en situación de servicios especiales ante los tribunales internacionales de Naciones Unidas (La Haya). La comisión ha acordado que "no procede en Derecho" la habilitación del magistrado.
La decisión se ha tomado por el voto de calidad del presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, después de que la votación se haya saldado con un empate a cuatro.
Han votado a favor, además de Lesmes, los vocales Juan Martínez Moya, Juan Manuel Fernández y José María Macías; mientras que se han pronunciado en contra los vocales Fernando Grande-Marlaska, Pilar Sepúlveda, Rafael Mozo y Concepción Sáez. Los dos últimos han firmado un voto particular discrepante.
Trabajo en La Haya
De Prada dejó su puesto en la Audiencia Nacional el pasado 23 de abril para desempeñar en La Haya el cargo de magistrado del Mecanismo Residual Internacional de los Tribunales Penales (MRITP), un órgano de la ONU que se dedica a varias funciones relacionadas con los tribunales de las Naciones Unidas para la antigua Yugoslavia y Ruanda.
El magistrado solicitó entonces que se le diera tiempo para deliberar y redactar la sentencia de Gürtel antes de pasar a asumir su nuevo puesto. Se le concedió de plazo hasta el 30 de mayo.
Hace unos días, pidió también al CGPJ que se le extendiera esta habilitación para asistir a la celebración de la vistilla y decidir así sobre las medidas cautelares a aplicar a 16 condenados en la causa. Esta es la petición que le ha sido denegada hoy.
El CGPJ ha informado, mediante una nota hecha pública tras la decisión de su Comisión Permanente, de que su dictamen se basa en el informe emitido por sus órganos técnicos, el cual señala que habilitar a De Prada para participar en estos asuntos "lo sería para intervenir en una actuación procesal para la que carece de jurisdicción, al no encontrarse en servicio activo en la Carrera Judicial".
El informe recuerda que José Ricardo de Prada se halla en la situación administrativa de servicios especiales, por más que el pasado 26 de abril fuera habilitado por la Comisión Permanente para la deliberación, redacción y firma de la sentencia del caso Gürtel, de cuyo tribunal formó parte.
Aquella habilitación, añade el escrito, "se sustentó en lo que ordena el artículo 256 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ)", que establece que cuando un juez o magistrado sea trasladado o jubilado "deliberará, votará, redactará y firmará las sentencias, según proceda, en los pleitos a cuya vista hubiere asistido y que aún no se hubieren fallado".
Más allá de esa función, cualquier habilitación para De Prada, como la de "ser llamado a la vista que deba decidir sobre el cambio de la situación personal de los acusados en el proceso" o, también, para formar parte del tribunal que aclarará aspectos de la sentencia a petición de las partes, queda fuera de la jurisdicción del magistrado, ha dicho el CGPJ.
Su participación en esas funciones podría provocar, dice el órgano de gobierno de los jueces, "un supuesto de nulidad de pleno derecho".
La reunión extraordinaria celebrada hoy por la Comisión Permanente estaba prevista para el pasado viernes, pero no se celebró, según explicó el propio CGPJ, "ante las dificultades (...) derivadas de la no asistencia presencial de varios de los vocales".
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