Dónde seguirá siendo obligatoria la mascarilla en interiores
El Gobierno se ha decidido a quitar su exigencia pasada la Semana Santa, aunque la norma contiene excepciones.
Era el anuncio que muchos esperaban con ansia. Las mascarillas no serán obligatorias en interiores desde el 19 de abril, pasada la Semana Santa. Una nueva fase de superación de la pandemia casi dos años después de que los cubrebocas se convirtieran en obligatorios.
Pero la medida anunciada por la ministra de Sanidad, Carolina Darias, tiene excepciones, porque sí habrá lugares donde seguirá siendo obligatoria bajo techo una vez el Consejo de Ministros dé luz verde a este texto.
Se trata de una propuesta que aprobará el Gobierno el martes y que entrará en vigor un día más tarde, cuando salga publicada en el BOE. Antes de llegar al Consejo de Ministros, recibió el visto bueno de las comunidades, que avalaron “por práctica unanimidad” esta decisión, como explicó Darias el pasado miércoles 6 de abril.
“El Real Decreto recogerá las obligaciones, pero el uso responsable será cosa de cada uno”, ha explicado la titular del ministerio al comenzar su rueda de prensa posterior al Consejo Interterritorial, apelando al cuidado individual y personal.
¿Dónde habrá que seguir llevando mascarilla?
El texto de la Ponencia de Alertas recoge como obligatorio su uso para trabajadores y visitantes de centros asistenciales (como hospitales), así como para las personas ingresadas cuando estén en espacios compartidos comunes.
Igualmente será obligatoria para trabajadores y visitantes de centros sociosanitarios (tipo residencias de mayores), pero no para las personas que viven en ellas, “porque se entiende que esa es su cas”, ha puntualizado la ministra.
Y también lo será en el transporte público, lo que incluye autobuses, taxis, trenes y aviones.
Los lugares donde pasarán a estar solo recomendadas
La propuesta que ha adelantado este miércoles Darias también incluye una serie de recomendaciones por ámbitos para la adaptación a este nuevo tiempo.
¿Cómo será el día a día en los colegios?
En los centros educativos los alumnos ya no tendrán que utilizarla “en ningún caso”. “Ya no la llevaban en los recreos y ahora tampoco en las aulas”, ha precisado Darias en la rueda de prensa.
Sin embargo, sí hay recomendaciones con otros colectivos dentro del centro. Se plantea que la población vulnerable haga un uso “responsable” en aquellas situaciones de riesgo, contactos prolongados entre personas a menos de 1,5 metros de distancia, así como a profesores con factores que les hagan vulnerables.
¿Qué hay sobre los trabajos?
Decidirán las propias empresas a través de sus respectivos servicios de prevención. Por ley deja de ser obligatoria, pero si el estamento considera que hay que llevarla es la que manda.
Si la empresa recomienda que se lleven, el trabajador puede evitarla en caso de llegar a un acuerdo con la compañía, aunque según la Cadena SER, citando fuentes jurídicas, esta puede imponer su criterio, dejando al trabajador la opción de recurrir a la justicia.
¿Y en los domicilios?
Se recomienda usarla cuando se celebren reuniones de amigos o de ámbito privado en el interior.
¿Qué pasa en los bares y otros locales de ocio?
El uso de mascarilla está recomendado en espacios cerrados de uso público en los que las personas transiten (como supermercados, centros comerciales o tiendas pequeñas). También, en aquellos locales donde los presentes estén tiempo prolongado sin comer ni beber (por ejemplo, cines, conciertos o museos) y en aquellos otros donde sí se consume habitualmente siempre que se esté un tiempo (bares, discotecas, pubs o restaurantes).