La DGT desmiente una extendida leyenda urbana que habrás oído últimamente
Y que seguro te ha afectado de una u otra forma
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha aclarado que no llevar mascarilla en el interior de un vehículo no es motivo de sanción, ya que se trata de una medida sanitaria y de salud pública para combatir la COVID-19 sobre la que no tiene ninguna competencia.
Esta información, según han explicado, ha sido emitida tras las noticias que “numerosos medios de comunicación” han publicado en los últimos días referidas a la DGT y las denuncias a conductores por no usar mascarilla en los vehículos.
La DGT ha aclarado que no existe ningún artículo en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial ni reglamento que recoja que no llevar la mascarilla, quitársela o acciones similares suponga una infracción. Aún menos que suponga la pérdida de puntos en el permiso de conducir.
La Moncloa
Esta polémica medida aparece recogida en la página de La Moncloa donde se especifica las situaciones en las que es obligatorio el uso de la mascarilla
- Vía pública o espacios al aire libre
- Espacio cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público
- Transporte de viajeros: Medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.