¿Cuándo podrán acceder a permisos penitenciarios los líderes independentistas?
Los primeros que podrían salir con permiso son Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, condenados a 9 años de prisión
Este lunes se ha conocido la sentencia del Tribunal Supremo tras el juicio del ‘procés’. En ella también se hace referencia a los permisos penitenciarios, aunque no se incluye la petición de la Fiscalía (para que no pudieran obtener el tercer grado hasta el cumplimiento de la mitad de la pena), y deja la concesión de permisos en manos de Instituciones Penitenciarias de la Generalitat, ya que los presos están en cárceles catalanas. [Lee aquí la sentencia completa]
La normativa penitenciaria establece que se podrán conceder permisos siempre que hayan extinguido la cuarta parte de la condena y no se observe “mala conducta”.
Teniendo en cuenta que la mayoría de los presos lleva en prisión provisional dos años, los primeros que podrían salir con permiso son Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, condenados a 9 años de prisión. Es decir, que en unos tres meses ya podrían disfrutar de un primer permiso.
Sin embargo, Oriol Junqueras, condenado a 13 años, tendría que esperar hasta principios de 2021 para poder disfrutar de un primer permiso. En el caso de Carme Forcadell, sentenciada a 11 años y medio, cumplirá la cuarta parte de la pena en febrero de 2021, ya que ella ingresó en prisión provisional más tarde.
Los exconsellers Joaquim Forn y Josep Rull, ambos condenados por sedición a 10 meses y medio de cárcel, podrían salir de permiso ya el próximo año, cuando hayan cumplido casi dos años y medio de cárcel, la cuarta parte.
Cabe destacar que la solicitud de permisos la puede hacer el condenado en cualquier momento. Si la Junta de Tratamiento opta por el tercer grado y su propuesta es aprobada por los Servicios Penitenciarios de la Generalitat, la medida puede ser recurrida por la Fiscalía ante el Juez de Vigilancia Penitenciaria y posteriormente ante la Audiencia Provincial, que tendrá la última palabra. Si acceden al segundo grado, podrán acceder a algunas de las ventajas de la semilibertad.
Los magistrados, en su sentencia, justifican su rechazo a la medida solicitada por la Fiscalía para que no salieran de permiso antes de cumplir la condena. “No puede ser interpretada como un mecanismo jurídico para evitar anticipadamente decisiones de la administración penitenciaria que no se consideran acordes con la gravedad de la pena”.