El Constitucional tumba parcialmente la ley catalana que regula los alquileres
El Alto Tribunal considera que hay artículos que invaden competencias del Estado.
El pleno del Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad del PP contra varios preceptos de la ley catalana de vivienda (11/2020), que limita los precios de los alquileres, porque suponen una invasión de competencias del Estado.
Los preceptos anulados, argumenta el Alto Tribunal, invaden competencias reservadas al Estado en materia civil para regular las bases contractuales, en concreto “la competencia para establecer los criterios de ordenación general del sector de la contratación privada en aquellos territorios autonómicos que cuenten con legislación propia”.
Los efectos de esta sentencia “serán ‘pro futuro’, por lo que los contratos de arrendamiento de vivienda celebrados con anterioridad al momento de la presente resolución se mantienen en sus términos”.
El Sindicat de Llogateres ha explicado que esta decisión supone que parte de la citada ley catalana que regula los alquileres desde hace un año y medio en las ciudades en las que se aplica quedaría sin efecto en el momento en el que se haga pública la resolución del Constitucional.
El Sindicat ha condenado que el Tribunal haya estimado el recurso de inconstitucionalidad y “recorte el derecho a la vivienda en beneficio de los intereses del lobby inmobiliario”.
La regulación de alquileres ha beneficiado, ha afirmado esta entidad, a más de 160.000 arrendadores el último año en Cataluña y ha conseguido bajar los alquileres una media del 5% en las ciudades reguladas, en las que vive el 70% de la población catalana, según sus datos.