Claves de la nueva ley del aborto: sin permiso paterno desde los 16 y acceso gratuito a la píldora del día después
El Pleno del Congreso da luz verde a la nueva norma, que garantiza esta prestación en hospitales públicos
El Pleno del Congreso ha dado luz verde este jueves a la reforma de la ley del aborto, que garantiza esta prestación en hospitales públicos, y elimina la obligatoriedad del consentimiento paterno para las menores de 16 y 17 años, con lo que el texto continuará su tramitación parlamentaria en el Senado.
Con la aprobación del proyecto de ley impulsado por el Ministerio de Igualdad, que ha contado con 190 a favor, 154 en contra, entre ellos PP, Vox y Ciudadanos, y 5 abstenciones, se da, en palabras de la ministra Irene Montero, “un paso muy importante” para garantizar los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en España.
Montero ha agradecido a la mayoría feminista de la Cámara su apoyo a la futura norma y ha recordado a figuras como a las once de Basauri, Justa Montero o la exministra de Igualdad Bibiana Aído.
“Las leyes feministas siempre tienen muchas madres”, ha enfatizado la ministra, quien ha ensalzado el feminismo como “el principal impulso democratizador” de la sociedad en “este momento difícil para la democracia” y “en un contexto de ofensiva reaccionaria”.
La reforma conlleva las siguientes novedades:
- Las mujeres puedan abortar en el hospital público más cercano a su domicilio
- Recupera el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo para las chicas de 16 y 17 años sin necesidad de tener el permiso paterno
- Facilita el acceso a los anticonceptivos de última generación. Así, las píldoras anticonceptivas de última generación volverán a estar cubiertas por la Seguridad Social y se promoverán los métodos de anticoncepción masculina. Las autonomías crearán centros de atención sexual y reproductiva que darán gratis la píldora del día después.
- Procura educación afectivo sexual en las escuelas.
- Elimina el periodo de tres días de reflexión obligatorios antes de someterse a un aborto, así como la práctica habitual de entregar un sobre con la información sobre los recursos a los que puede acudir la mujer que va a abortar y que incluye prestaciones y ayudas a la maternidad.
- Regula la objeción de conciencia y contempla bajas temporales de preparto en la semana 39 y bajas por menstruación incapacitante.
- Blinda los derechos sexuales y reproductivos de la mujer, e impide a los médicos objetores participar en los comités clínicos que deciden sobre los abortos a partir de las 22 semanas. Estos comités no tendrán la última palabra en la interrupción del embarazo a partir de la semana 22, sino que la paciente podrá “recurrir en vía jurisdiccional” su decisión en caso de no estar de acuerdo. Además, contempla que se garantice la no discriminación de los sanitarios no objetores, “evitando que se vean relegados en exclusiva” a la práctica de abortos, ni la de los que lo son.
- En caso de discrepancia entre una menor de 16 años y quien deba autorizar que ésta se someta a un aborto, el conflicto se resolverá por la autoridad judicial con “carácter urgente” y las instituciones públicas no apoyarán a las asociaciones provida.
- Prohíbe todo anuncio que “promueva la prostitución”, por lo que lo que tanto el autor como el difusor pueden ser perseguidos y sancionados.