Andalucía también limita el ocio nocturno: reducción de aforos y registro de clientes en discotecas
Se prohíben los botellones y el consumo de bebidas en las barras de las discotecas, entre otras medidas.
Andalucía también se suma a la restricción de medidas y establecimientos de ocio durante la ola de rebrotes por coronavirus. El Consejo de Gobierno ha aprobado que las discotecas hagan un registro de sus asistentes, la reducción del aforo de pubs y restaurantes, la prohibición de botellones y la obligación de cerrar a las 5 de la mañana.
Los planes, acordados tras la reunión del presidente regional, Juanma Moreno, con los ocho alcaldes de las capitales de provincia, llegan después de una segunda evaluación de la situación del COVID-19 en el territorio. El portavoz, Elías Bendodo, ha anunciado que la próxima semana el Consejo de Gobierno aprobará el régimen sancionador a aplicar en el caso de que no se cumplan estas normas por parte de ciudadanos o dueños de establecimientos.
Así, el aforo máximo en el interior de los pubs pasa del 75% al 60% para aumentar la distancia de seguridad entre clientes y con los trabajadores. También se ven afectados los restaurantes, que no podrán juntar más de 12 comensales por mesa (antes eran 25). Las terrazas al aire libre de estos establecimientos limitarán su aforo al 75% en mesas o agrupaciones de mesas, con una ocupación máxima en las mismas de 12 personas
Las discotecas estarán obligadas a disponer de un registro telefónico de sus clientes para que estos puedan ser localizados en caso de algún positivo. El acceso a estos locales se hará bien tras una reserva previa con nombres y apellidos y si no se realiza esa reserva, a la entrada habrá que dejar los datos personales. En el interior, las personas no podrán consumir ni adquirir las bebidas en la barra, sino que tendrán que estar en las mesas, cuyo aforo máximo será de 12 personas, mismo número que los restaurantes.
Bendodo ha señalado además, como ya ayer se avanzó tras la reunión de Moreno con los alcaldes, que los llamados botellones, en los que se concentran grandes cantidades de jóvenes en la vía pública para beber alcohol, quedan totalmente prohibidos en la comunidad porque se ha demostrado que son unos de los “principales focos de contagio”. El botellón se declara como actividad “insalubre, nociva y peligrosa” según la Ley de Salud Pública y, concretamente se prohíbe la participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o no regulado de más de 15 personas que tenga lugar en espacios públicos, ajenos a los establecimientos de hostelería o similares en la vía pública y en otros lugares de tránsito, y serán considerados como situaciones de insalubridad.
Los establecimientos de esparcimiento cerrados no podrán superar el 40% de aforo, distribuido en mesas o agrupaciones de mesas. Igualmente, los establecimientos deberán garantizar la higienización de las manos de los clientes en la entrada de los establecimientos, la toma de temperatura de los en la entrada y disponer de cartelería en las puertas y en el interior de los locales recordando el uso obligatorio de mascarillas
Se deberá contar con controladores de sala contratados por la empresa que vigilen el cumplimiento de las normas y se controlará la limpieza de los servicios, ya sea con una persona permanente en el acceso o con un sistema que demuestre que se limpian máximo cada hora.
Finalmente, no se permite el uso compartido de dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados en los locales de entretenimiento, ocio, hostelería y restauración, discotecas y en cualquier otro tipo de establecimiento abierto al público.