¿Cómo se elige a los alcaldes?
Así se proclamarán este sábado en toda España.
Este sábado se constituirán los 8.131 ayuntamientos de España... y es la hora de elegir al alcalde. Días de nervios, pactos, conversaciones cruzadas y órdagos para intentar lograr los votos en el primer pleno.
Aquí no hay posibilidades de retrasar esas ‘investiduras’ y hay fecha concreta: el vigésimo día después de la celebración de las elecciones locales, según establece la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). Por lo tanto, tendrá que ser este día 15.
Las nuevas corporaciones municipales se constituyen en sesión pública esa jornada y se procede a elegir alcalde. Pueden presentarse como candidatos todos los concejales que hayan encabezado su lista, precisa el artículo 196.
El que obtenga mayoría absoluta de los votos de los concejales sale elegido alcalde. Pero si ninguno de ellos logra esa suma, conseguirá el puesto el edil que encabezara la lista con mayor número de votos durante las elecciones. El caso más extremo, de empate de votos durante el 26-M, se resuelve por sorteo.
En el caso de los municipios comprendidos entre 100 y 250 habitantes, precisa la LOREG, puede ser candidato cualquiera de los concejales y el sistema es el mismo.
Por lo tanto, ¿qué puede pasar, por ejemplo en Madrid? Si la derecha quiere lograr la Alcaldía, PP, Cs y Vox tendrían que votar al mismo candidato para lograr la mayoría absoluta. En caso de dividir el voto estos tres partidos no lograrían llegar a los 29 ediles que dan esa mayoría absoluta y Manuela Carmena sería alcaldesa al ser la ‘número uno’ de la lista más votada.