Una abogada lanza alerta a herederos 'despistados': "Puede que te haya tocado una herencia y no lo sepas"
Es una situación mucho más común de lo que nos pensamos.
Recibir o cobrar las herencias o levantar el testamento de una persona difunta siempre supone un quebradero de cabeza para los herederos, ya sean descendientes o ascendientes directos, que son los que tienen derecho a la legítima, o si por el contrario, no lo son, y se trata de familiares lejanos.
Estos procesos burocráticos suelen ser muy lentos, y en algunos casos, muy costosos, pero aquí les dejamos una claves para que puedan conocer algunos aspectos fundamentales en estos procedimientos.
En primer lugar, les presentamos uno de los supuestos más complicados de abordar, como pueden ser aquellos casos en los que una persona fallece, pero nadie de su entorno es conocedor de este suceso. En este caso, y a diferencia de la leyenda popular de que irá un notario a notificarnos que esa persona ha fallecido, hay que destacar que esto no ocurrirá así en ningún caso.
En este supuesto, son los herederos los encargados de conocer si el familiar ha fallecido y con ello, comenzar a poner en marcha el procedimiento. Pero, ¿y si ningún heredero se entera de que un familiar ha fallecido y le corresponde recibir una herencia, qué ocurre?
En este caso, será el ayuntamiento, pasado un breve período de tiempo el que investigará lo ocurrido, ya que habrán advertido que no se ha abonado el impuesto del IBI, obligatorio para todos los ciudadanos. Llegados a este punto, el consistorio notificará a la Comunidad Autónoma de que hay uno o más pagos de este impuesto que no se han abonado, y será esta institución la que estudie si esa persona ha dejado a algún heredero en el testamento.
Si en este momento, y tras comprobar que el difunto no ha dejado herederos hasta el cuarto grado, (serían los hijos de primos), será la Comunidad Autónoma la que se quede con el patrimonio del fallecido.
Cómo saber si eres heredero
En el caso de que un familiar haya fallecido y nadie te haya notificado su defunción, la forma más fácil para comprobarlo es acudir al Registro Civil más próximo, ya que es la única fuente oficial que podrá informarte de la situación.
En ese momento, en el Registro Civil tendrás que indicar el nombre completo y si puede ser, información adicional, como el DNI o la fecha de nacimiento de la persona fallecida, ya que con estos datos será más fácil localizar y comprobar la situación de la persona en cuestión.
Una vez que se haya comprobado que esa persona ha fallecido, el interesado tendrá que reclamar el Certificado de Últimas Voluntades, que se trata de un documento en el que se indica si el fallecido ha dejado un testamento por escrito o no, y cuáles han sido sus últimos deseos (voluntades).
El siguiente paso es comprobar que, en el caso de que en el Certificado de Últimas Voluntades sí exista un testamento, se tendrá que acudir al notario, pedir una copia de este e iniciar los trámites para solicitar y recibir la herencia.
Por último, y en caso de que no haya testamento, la herencia pasará a los herederos legales que, como ya saben son:
- Descendientes del fallecido
- Ascendentes
- Cónyuge
- Hermanos
- Sobrinos
- Parientes colaterales de hasta cuarto grado