Si quieres seguir emitiendo certificados electrónicos, tienes que renovar tu Cl@ve
La renovación se tiene que realizar pasados cinco años desde el registro.
Los ciudadanos tendrán que renovar su Cl@ve a los cinco años desde su registros si quieres seguir emitiendo certificados electrónicos o poder disponer de la firma electrónica. Así lo ha confirmado la Administración, indicando que para hacer este trámite, es necesario acudir a las oficinas de registro Cl@ve o, con el DNI electrónico, acceder a la web de la Agencia Tributaria para renovar el registro.
Si se opta por la vía de la renovación presencial, las oficinas de Cl@ve a las que se pueden acudir son las de Agencia Estatal de Administración Tributaria, las de la Seguridad Social, las del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), la red de oficinas de Información y Atención al Ciudadano de las Delegaciones del Gobierno y las oficinas de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Independientemente de la escogida, en todas ellas es necesario acudir con cita previa. Para facilitarte la petición, desde el sitio online de la Agencia Tributaria está disponible un buscador de oficinas en la que es posible hacer dicha gestión.
¿Qué es Cl@ve?
Cl@ve es el sistema de la Administración del Gobierno de España con el que identificarte electrónicamente y acceder a los servicios públicos. Una vez registrado, hay dos claves de acceso:
- Cl@ve PIN, con una contraseña de validez limitada en el tiempo, indicado para las personas que acceden de forma esporádica.
- Cl@ve Permanente, más óptima para el acceso habitual y cuando se va a firma en la web, dispone de una contraseña más duradera en el tiempo, aunque no ilimitada. El sistema de acceso es con usuario y contraseña, sin embargo, para acceder a ciertos servicios superiores, refuerza la seguridad enviando una contraseña de un solo uso vía SMS.