La multa de 20.000 euros que te llegará de Hacienda si no entregaste este documento en su plazo
¿No has presentado el modelo 720 antes del lunes 1 de abril o no sabes si debías presentarlo? Te aclaramos estas dudas en la víspera del inicio de la campaña de la Renta 2023-2024.
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A las puertas del inicio de la nueva campaña de la Renta (este miércoles 3 de abril), la Agencia Tributaria intensifica su vigilancia sobre las transacciones financieras de los contribuyentes en el extranjero. En este sentido, aquellos que posean cuentas bancarias, inversiones, derechos, pólizas de seguro o propiedades fuera del territorio nacional debieron haber presentado el Modelo 720 antes del lunes 1 de abril.
El incumplimiento o la presentación incorrecta de este modelo puede conllevar sanciones de hasta 20.000 euros o del 2% del importe no declarado. Según Raisin, una plataforma de comparación de depósitos y cuentas de ahorro en más de 30 países, el Modelo 720 tiene como finalidad combatir el fraude fiscal y el lavado de dinero.
En caso de que desconozcas este proceso, te explicamos que la presentación del Modelo 720 puede realizarse de forma online a través del portal web de la Agencia Tributaria, desde el 1 de enero hasta el 1 de abril. Este trámite es obligatorio para aquellos residentes fiscales en España que posean activos financieros o propiedades en el extranjero, tales como cuentas bancarias, inversiones, ingresos, seguros y bienes inmuebles o derechos sobre estos.
Cuándo es obligatorio presentar el Modelo 720
Es necesario presentar el Modelo 720 cuando el valor acumulado de los activos financieros de una misma categoría supere los 50.000 euros. Asimismo, es obligatorio su cumplimiento si, aunque no se alcance dicho umbral, se ha presentado en años anteriores y se produce un incremento de más de 20.000 euros respecto al ejercicio anterior.
La Agencia Tributaria puede imponer multas a los contribuyentes obligados a declarar estos activos financieros que no lo hagan o lo hagan de manera incorrecta o fuera de plazo. Las sanciones oscilan entre los 100 euros y el 2% del importe de las transacciones no declaradas, según lo establecido en el Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario. Por ejemplo, por no presentar las declaraciones en el plazo establecido o por incumplir la obligación de comunicar el domicilio fiscal, las multas pueden variar desde los 100 hasta los 20.000 euros.
Por otro lado, por presentar declaraciones incorrectas sin perjuicio económico o por no responder adecuadamente a requerimientos de información, las sanciones pueden ir desde los 150 euros hasta el 2% del importe de las operaciones no declaradas.