La multaza de Hacienda de 15.000 euros que te puede caer al rechazar esta cita presencial
Ha sido ratificada por el Tribunal Supremo, lo que sienta un claro precedente.
La Agencia Tributaria puede emitir requerimientos a los contribuyentes para que proporcionen información adicional o aclaren algún tipo de dato. Puede ser de muchas formas, incluido presencialmente. Y hay que responder de forma adecuada, ya que de lo contrario puede suponer una sanción económica.
Tal y como explica Sport, los contribuyentes tienen la obligación legal de responder a los requerimientos de Hacienda. De hecho, no hacerlo conlleva una multa de 15.000 euros, atendiendo a una sentencia reciente del Tribunal Supremo. En este caso, la Agencia Tributaria requirió la comparecencia del socio único y administrador de una sociedad unipersonal y éste se negó en reiteradas ocasiones.
Esto fue considerado como una obstrucción a las actuaciones de Hacienda, pese a que se le ofreció flexibilidad horaria y múltiples oportunidades para comparecer. Se le informó en todo momento de las consecuencias de su negativa, incluida la apertura de un expediente sancionador. Pero aún así no acudió a la llamada de la Agencia Tributaria.
Finalmente, se le impuso una multa de 15.000 euros, que ratificó posteriormente el Tribunal Supremo. Se reconoció que la negativa del contribuyente a la colaboración supone una infracción tributaria.
Esta sentencia sienta un precedente para que todos los contribuyentes que estén llamados a comparecer de forma presencial, lo hagan. De lo contrario, podrían exponerse a una cuantiosa multa que, seguramente, no merezca la pena.