Hacienda envía la segunda oleada de las 'cartas del miedo' con más de 80.000 afectados

Hacienda envía la segunda oleada de las 'cartas del miedo' con más de 80.000 afectados

Las notificaciones no conllevan (de momento) una multa.

Declaración de la Renta 2023-2024

Segunda oleada de las ‘cartas del miedo’ de Hacienda. La Agencia Tributaria ha comenzado a enviar unas 80.000 notificaciones informativas en las que se alerta a los contribuyentes de que los datos que han sido aportados en la declaración de la Renta no coinciden con los que el organismo tiene en su poder.

Cabe destacar el carácter informativo de estas cartas, que simplemente suponen un aviso al contribuyente de que ha podido cometer un error a la hora de hacer su declaración de la Renta que puede llegar a ser sancionado más adelante.

En consecuencia, las personas que reciben estas ‘cartas del miedo’ tienen que valorar si realizan una declaración complementaria en la que quede reflejada la información económica que está en poder de Hacienda o si, por el contrario, mantienen la declaración que ya hicieron al entender que es correcta.

Otro motivo por el que puede recibirse una de estas misivas de la Agencia Tributaria es por estar obligado a entregar la declaración de la Renta y haber incumplido con ese deber fiscal.

En ese sentido, cabe recordar que en la Campaña de la Renta 2023-2024 tenían que rendir cuentas con la Agencia Tributaria sí o sí todos los autónomos (sin excepción), las personas que ganaran más de 22.000 euros brutos anuales en 2023 y las que percibieran más de 15.000 euros brutos anuales en 2023 procedentes de dos o más pagadores.

Multas por no hacer la declaración pese a estar obligado

Si la declaración de la Renta salía a devolver pero no se entregó en el periodo habilitado para ello, Hacienda multa al contribuyente con 100 euros (200 euros si el organismo ha emitido un requerimiento).

Las sanciones más elevadas se imponen si la declaración de la Renta salía a pagar y, además, no se realizó en plazo. Si no hay requerimiento por parte de Hacienda, la cuantía a abonar por los contribuyentes sufre un recargo del 1% por cada mes de retraso.

Sin embargo, si la Agencia Tributaria sí que ha emitido un requerimiento, la multa asciende a una cantidad de entre el 50% y el 150% del importe a pagar. El porcentaje concreto de la sanción depende del perjuicio monetario causado a Hacienda y del tiempo durante el que se haya eludido la obligación de presentar la declaración de la Renta.