Expertos en fincas lanzan recomendaciones para paliar las mega-derramas por la nueva ley de ascensores
Atención a la derrama que le puede caer a tu comunidad de vecinos.
El Consejo Andaluz de Administradores de Fincas ha emitido una serie de sugerencias para las comunidades de propietarios gestionadas por un Administrador de Fincas Colegiado en relación con la nueva normativa de seguridad para ascensores. "Deben informar al presidente y a la junta de propietarios sobre la necesidad de realizar las inspecciones técnicas del ascensor, comunicar los resultados y, en caso necesario, corregir cualquier defecto", explica la presidenta Mercedes Romero.
“La derrama necesaria para cubrir los gastos correspondientes a la adaptación del ascensor a la normativa estatal vigente no necesita ser aprobada en junta de propietarios, ya que si lo exige la normativa vigente, es obligatoria. Por tanto, el acuerdo por mayoría simple solo se requeriría para determinar cómo se paga y cuándo, según lo dispuesto en los artículos 10.1 y 10.1.a de la LPH. Es decir, no se somete a votación realizar la adaptación, sino cuestiones como el número de mensualidades y cuándo se emiten los recibos".
CAFINCAS, el Consejo Andaluz de Administradores de Fincas, sugiere a los Administradores de Fincas Colegiados que incorporen los nuevos elementos requeridos, conociendo los plazos de ejecución y adoptando acuerdos para afrontar su pago mediante un sistema de derramas adaptado a la situación económica de los propietarios, o mediante financiación externa. Además, recuerda que los Administradores de Fincas Colegiados pueden acudir a los Colegios de Administradores de Fincas de su provincia para solicitar información sobre los distintos mecanismos de financiación que pueden ayudar a estas comunidades de propietarios que carecen de suficiente financiación propia.
Sobre la nueva ley de ascensores
La reciente normativa, ratificada en el Consejo de Ministros en abril, busca incrementar la seguridad de los ascensores, implicando un gasto significativo para las comunidades de propietarios que podría alcanzar hasta los 65.000 euros en caso de tener que reemplazar completamente la cabina.
Las cabinas deberán alcanzar una precisión de nivelación y parada en todas sus plantas de 10 milímetros y contar con un sistema de comunicación bidireccional entre cabina y centro operativo las 24 horas, según informa la Federación Empresarial Española de Ascensores (Feeda). Asimismo, será obligatorio que los ascensores incluyan un pesa cargas en cabina para evitar que se pongan en marcha si se excede la carga máxima permitida. En los ascensores con puertas automáticas, se deberá instalar una barrera fotoeléctrica con la función de impedir el cierre de puertas al detectar objetos a media altura, entre otras mejoras.
La renovación no tendrá que realizarse de forma inmediata y podrá extenderse hasta cuatro años si el ascensor no tiene inspección programada hasta 2028. Es decir, si la última revisión (con resultado favorable) fue en abril de 2024, el ascensor no tendrá que pasar la siguiente inspección obligatoria hasta abril de 2028. En ese caso, será en ese momento cuando el inspector determine los elementos a adaptar y se establezcan los plazos para llevar a cabo las modificaciones necesarias.