Estas son las sanciones para los que no respeten la desconexión digital de sus trabajadores
La multa para los negocios que no cumplan esta medida puede alcanzar hasta los 7.500 euros.
Llegan para muchos las vacaciones de verano, pero no son pocos a los que les piden estar pendiente ante una urgencia o para contestar un momento a un cliente. Una práctica que puede tener graves consecuencias. Los autónomos y negocios que exijan a sus trabajadores responder correos, llamadas y mensajes de WhatsApp durante sus días de descanso se exponen a sanciones que pueden alcanzar hasta los 7.500 euros.
Es la defensa de la llamada desconexión laboral de los empleados, la cual viene recogida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDyGDD). En el artículo 88 expone que "los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar".
Las multas por su incumplimiento, de acuerdo al art. 7.5 de la Ley de Infracciones y sanciones del orden social (LISOS), pueden ir desde los 751 hasta los 7.500 euros, considerándose una infracción grave. La ley también se aplica a las personas que trabajan total o parcialmente en remoto, reservando el derecho a la desconexión digital a todos los que utilizan herramientas tecnológicas para cumplir con sus responsabilidades laborales en su vivienda.
¿Qué se entiende por desconexión digital?
La desconexión digital, tal y como viene recogida en la ley, contempla el derecho del trabajador a gozar de sus días de descanso y vacaciones sin necesidad de estar pendiente del trabajo, limitando el uso de los dispositivos móviles fuera de la jornada laboral, creando una política interna en relación a esta materia y formando a todos los empleados sobre los riesgos de la no desconexión.
Entre dichos riesgos, el estrés laboral y enfermedades musculoesqueléticas y cardiovasculares son las que más se están desarrollando entre los trabajadores a full time.
Asimismo, si además de incumplir la medida, se prueba que existe ciberacoso o acoso laboral al trabajador, la multa podría alcanzar más de 250.000 euros.