El SEPE ordena suspender la prestación de desempleo a todos estos infractores
Hay que andarse con mucho cuidado.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se ha convertido en el garante para que todas las personas que solicitan o reciben una prestación cumplan con una serie de requisitos establecidos.
Unos trámites burocráticos que, aunque son tediosos para muchos, son necesarios para evitar que nada falle.
Pero el SEPE tiene unas líneas rojas que la gente no debe traspasar para no incurrir en unas infracciones que van de leves a muy graves y que pueden desembocar en la anulación de las retribuciones.
Infracciones leves
El SEPE detalla en su página web cuáles son los tipos de infracciones leves que pueden derivar en un serio problema para las personas que están percibiendo una ayuda.
En total, son seis, que van desde no presentarse a una cita ante el SEPE en la forma y fecha indicadas sin causa justificada, hasta hacer lo mismo ante los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación.
Pero no son los únicos. No devolver en plazo el justificante de haber comparecido en el lugar y fecha indicados, no cumplir con las exigencias del acuerdo de actividad, no facilitar la información necesaria para recibir notificaciones o no cumplir el requisito de mantener la inscripción como demandante de empleo, son las restantes.
Infracciones graves
Pero hay tres tipos de infracciones que ya son palabras mayores y a las que hay que dedicar una especial atención si no se quiere caer en la tentación de meter la pata.
La primera de ellas es la de no comunicar al SEPE, salvo causa justificada, la baja en las prestaciones o se siguen percibiendo de forma indebida por no reunir los requisitos necesarios.
La segunda es la de rechazar una oferta de empleo adecuada, propuesta por los servicios públicos de empleo o por las agencias de colocación.
Y la tercera, y no menos importante, negarse a participar en los trabajos colaboración social o en programas de empleo, incluidos los de inserción profesional, o en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, ofrecidos por los servicios públicos de empleo, salvo causa justificada.
Infracciones muy graves
Son cuatro requisitos que, en el caso de no cumplirse, la situación parece no tener una solución factible para aquellos que están tratando de continuar con su prestación.
Actuar fraudulentamente con el fin de obtener prestaciones indebidas o superiores a las que correspondan o compatibilizar la solicitud o el percibo de prestaciones o subsidios por desempleo, así como la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos con el trabajo por cuenta propia o ajena.
Y también, ponerse de acuerdo con el empresario o la empresaria para obtener indebidamente cualquier prestación de la Seguridad Social, o no destinar o desviar las cantidades que se perciban de prestación por desempleo de acuerdo con lo establecido.