Cambio radical en la venta de viviendas: si no cumples este requisito no podrás venderla

Cambio radical en la venta de viviendas: si no cumples este requisito no podrás venderla

La norma llega desde Bruselas.

Carteles de 'se vende' o 'se alquila', en una imagen de archivo en MadridEyesWideOpen via Getty Images

En 2030 podrías tener prohibido vender tu vivienda. Sí, como lo lees. El motivo es la Directiva Europea de Eficiencia Energética de la Edificación, que va a regular las condiciones mínimas de consumo energético que tiene que cumplir un inmueble para poder ser puesto en el mercado.

Bruselas va a exigir que en el mencionado año todas las viviendas que se vendan en cualquier Estado miembro de la Unión Europea tengan que contar con un certificado de eficiencia energética.

“Los Estados miembros exigirán que los edificios o unidades de un edificio que se pongan a la venta o en alquiler tengan un certificado de eficiencia energética, y que el indicador y la clase de eficiencia energética que figuran en el certificado de eficiencia energética del edificio o de la unidad de un edificio, en su caso, se hagan constar en los anuncios publicitarios en línea o fuera de línea, incluidos los portales de búsqueda de propiedades inmobiliarias”, señala la Directiva Europea.

Sin embargo, eso no es todo. En el certificado debe constar que la vivienda cuenta, al menos, con una categoría E de eficiencia energética. Ese será tan solo el requisito en 2030, ya que Bruselas irá subiendo de forma progresiva la categoría requerida para poder vender una vivienda en la Unión Europea.

En concreto, desde el año 2033 únicamente podrán ponerse a la venta las viviendas que cuenten con una categoría D de eficiencia energética. Y la exigencia aumentará a la categoría B en 2040. Si está por debajo, la única solución para poder vender el inmueble será acometer mejoras para elevar la calificación de eficiencia energética.

Titania
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Santander

Además, cabe destacar que esos certificados de eficiencia energética no son vitalicios. Tal y como estipula la Directiva Europea de Eficiencia Energética de la Edificación, “la validez del certificado de eficiencia energética no excederá de diez años”.