Acabemos con el espurio debate que busca desprestigiar la ley contra la violencia de género
Cuando Podemos pide ampliar el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género a todas las formas de violencia contra la mujer, no es consciente de que su propuesta es insuficiente y adolece de una técnica jurídica adecuada para dar satisfacción a los compromisos que España ha adquirido al ratificar el Convenio de Estambul.
Foto: EFE
Desde que la violencia contra las mujeres saliera del ámbito privado para convertirse en un asunto de interés público, los medios de comunicación han cubierto y difundido ampliamente diferentes aspectos de interés en relación a esta problemática.
España marcó el paso al resto de Europa cuando puso en marcha una legislación avanzada en esta materia que suponía concebir un marco integral de políticas y medidas de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género en la relación de pareja.
La premiada y reconocida Ley 1/2004 ha sido desde su aprobación un marco de referencia para el diseño de las políticas públicas en esta materia. La estructura de la Ley fue reproducida por el Convenio del Consejo de Europa sobre la Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica (Convenio de Estambul) ratificado por España.
Se trata del primer instrumento de carácter vinculante en el ámbito europeo en materia de violencia contra la mujer y la violencia doméstica. Este instrumento ha sido calificado como el de mayor alcance para hacer frente a estas violencias y busca establecer un compromiso social de tolerancia.
Esa estructura supone acometer objetivos de protección, prevención, persecución del delito y reparación que busca eliminar toda forma de violencia contra las mujeres.
Podemos presentó en la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados/as una iniciativa que buscaba implementar el Convenio por la vía de una modificación de la Ley 1/2004. Tratar de dar cumplimiento al Convenio de Estambul y otras recomendaciones internacionales por la vía de modificar una ley que está pensada para dar respuesta a una forma específica de violencia es un error que solo serviría para desvirtuar y liquidar esa Ley.
Las enmiendas presentadas por el Grupo socialista colocaron el tema en un nuevo marco conceptual, ya que dar cumplimiento al Convenio de Estambul no es posible desde la exclusiva modificación de una Ley.
Cuando Podemos pide ampliar el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género a todas las formas de violencia contra la mujer, no es consciente de que su propuesta es insuficiente y adolece de una técnica jurídica adecuada para dar satisfacción a los compromisos que España ha adquirido al ratificar el Convenio.
No es la Ley 1/2004 la que debe, por sí sola, dar satisfacción y hacer efectivo el cumplimiento de las recomendaciones de Naciones Unidas y del Convenio de Estambul.
Sería incongruente y técnicamente poco práctico mantener en una sola norma jurídica todas las respuestas que reclama el Convenio de Estambul. Dicho Convenio tiene entre sus objetivos "contribuir a eliminar toda forma de discriminación contra las mujeres y promover la igualdad real entre mujeres y hombres", y busca un marco global y la implementación de políticas y medidas de protección y asistencia a todas las víctimas de esas violencias.
Estos objetivos reclaman toda una batería de medidas que deben acomodarse en la Ley 1/2004, pero también en la ley educativa o, por ejemplo , en la Ley de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local. Lanzarse al discurso facilón de hacer recaer en la Ley contra la violencia la responsabilidad de atajar el sexismo que alimenta la violencia contra las mujeres es torpe y es dar una baza política al machismo que la ataca.
En ningún país del mundo la legislación da respuesta, en una sola norma legal, a la lucha contra todas las formas de violencia incluidas en el ámbito de aplicación del Convenio. España tampoco.
Ni Naciones Unidas en sus recomendaciones, por un lado, ni el Convenio, por otro, estipulan que las respuestas deban estar en una sola norma. Lo que el Convenio estipula es que para combatir todas las formas de violencia, las medidas legales -y de otro tipo- para ofrecer una respuesta eficaz han de ser globales y han de estar coordinadas.
Pues bien, para dar esa respuesta y para adecuar la legislación española a lo exigido, la propuesta de Podemos era insuficiente, porque no ha considerado que es necesario impulsar cambios legislativos en la legislación civil, en la legislación penal, procesal y de cooperación jurídica internacional, y que es preciso adecuar la legislación sobre asilo y refugio y otros aspectos del ordenamiento jurídico. Ninguno de estos aspectos fue incluido en su proposición.
Fueron las enmiendas del Grupo Socialista las que han venido a corregir esas deficiencias desde la certeza de que no todas las formas de violencia precisan de los mismos instrumentos legales para ser afrontadas, ni todas las respuestas deben estar compiladas en una sola norma.
Esto es lógico, porque distintas formas de violencia de género precisan de distintos instrumentos preventivos y punitivos, y por supuesto, distintas violencias reclaman procesos terapéuticos y apoyos sociales diferenciados, como saben e indican los/as expertos/as y el sentido común.
Para dar respuestas en la lucha contra la violencia sexual, los matrimonios forzosos, las violaciones, la mutilación genital femenina, la trata con fines de explotación sexual o el acoso sexual, no es preciso abrir en canal la Ley 1/2004, sino impulsar cambios en la legislación civil, penal, procesal y de cooperación jurídica internacional, etcétera.
Que la Comisión de Igualdad en su conjunto aceptase las modificaciones que hemos planteado pone en evidencia que todos los grupos somos conscientes de esta realidad y acaba con el espurio debate que busca desprestigiar una ley que poco a poco va desvelando las resistencias del sistema en sus diferentes ámbitos de aplicación.