Así puedes reclamar al banco los gastos de la hipoteca tras la sentencia del Supremo
La Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) calcula que hay 8 millones de préstamos hipotecarios afectados por esta decisión.
El Supremo ha dado un volantazo y ha sentenciado que es el banco quien debe asumir el pago de los impuestos que conlleva la constitución de una hipoteca. Se trata de una sentencia, con fecha de 16 de octubre, que abre la puerta a millones de reclamaciones en los juzgados por parte de los consumidores.
En El HuffPost te explicamos cómo reclamar:
¿Quiénes pueden reclamar?
Los consumidores que seguro que podrán reclamar son aquellos clientes que hayan suscrito una hipoteca en los últimos cuatro años (desde 2014), porque es el plazo de prescripción de los pagos de impuestos.
Existe una incertidumbre sobre cómo afectará a las hipotecas más antiguas. La sentencia no dice nada sobre la retroactividad total. La Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) confía en que la sentencia sea totalmente retroactiva y beneficie a los 8 millones de préstamos hipotecarios vivos en este momento.
¿Y qué ocurre con las nuevas hipotecas?
Los bancos se tendrán que hacer cargo de los gastos de constitución de las nuevas hipotecas que se firmen a partir de ahora.
Las patronales bancarias AEB (bancos), CECA (antiguas cajas de ahorro) y UNACC (cajas rurales) se han comprometido a seguir el criterio establecido ahora por el Supremo. "Como siempre han hecho, los bancos, a partir de esta sentencia, cumplirán con el nuevo criterio establecido por el Tribunal Supremo", han señalado en un comunicado conjunto.
¿Qué se puede reclamar?
La sentencia señala que el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) que pagaba el cliente cuando se constituye una hipoteca, lo tendrá que pagar el banco. Se trata del grueso de los gastos relacionados con la firma de un préstamo hipotecario.
¿Cuánto dinero se puede reclamar?
El AJD es un impuesto gestionado directamente por las comunidades autónomas. Representa el pago de un porcentaje sobre la escritura notarial en la que se formalice la hipoteca.
Ese porcentaje varía en función de la comunidad autónoma en la que se haya firmado la hipoteca. Se mueve en una horquilla entre el 0,5% de Madrid y el 1,5% de Andalucía.
El pago de este impuesto se situaría de media entre los 3.000 y 4.000 euros, según los despachos de abogados. Asufin eleva la cantidad a reclamar entre los 4.000 y los 5.000 euros, al considerar que procede la devolución de todos los gastos, incluyendo también la tasación, la gestoría, el notario y el registro.
La asociación de consumidores ha difundido un ejemplo en su cuenta de Twitter.
¿Por dónde empiezo?
Los expertos recomiendan acudir a la vía extrajudicial en primer lugar. Es decir, formular una reclamación por escrito ante la propia entidad financiera y, posteriormente, ante el Banco de España.
Aquellos consumidores que hayan firmado una hipoteca en los últimos 4 años (después de finales de 2014), pueden dirigir su reclamación a la Agencia Tributaria.
¿Y si me responden que no?
En el caso de que la respuesta sea negativa, los consumidores tendrán que presentar una demanda en el juzgado que les corresponda en la que reclamen la nulidad de la cláusula que imponía los gastos de constitución de la hipoteca al cliente.