El PSOE recurre la ley antidesahucios y la defensora del Pueblo se niega
¿Es constitucional la ley antidesahucios? El PSOE ha presentado un recurso contra esta norma este viernes ante el Alto Tribunal, mientras que la defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha decidido no impugnarla.
Los socialistas han registrado un recurso contra 14 artículos de esta ley, elaborado tras "pulir" e introducir "correcciones" sobre el que elaboró la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), aunque han incluido "todos sus fundamentos jurídicos".
La portavoz de Vivienda del grupo parlamentario socialista, Leire Iglesias, ha asegurado tras interponer el recurso de inconstitucionalidad que no quiere "entrar en polémicas" con la plataforma, con la que han estado hablando "hasta ayer mismo", y a la que dio a conocer su recurso hace dos días.
Desde esta plataforma pidieron a 50 diputados, 50 senadores y al Defensor del Pueblo que avalaran el documento que habían elaborado contra esta ley y, tras el anuncio del PSOE de que iba a interponer un recurso, la presidenta de la PAH, Ada Colau, acusó al partido de querer "apropiarse" del suyo y "presentarlo por su cuenta".
Iglesias ha insistido en que "lo importante" era que la Ley de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, conocida como "ley antidesahucios", se recurriera.
En este sentido, ha asegurado que el PSOE ha invitado a la PAH y otros grupos para interponerlo conjuntamente y que, aunque no ha sido posible, "el valor" del texto socialista reside en que respeta todos los fundamentos jurídicos plasmados por la plataforma.
¿POR QUÉ NO RECURRE BECERRIL?
Finalmente, Becerril ha decidido no recurrir esta ley, a pesar de la petición de la PAH, aunque "seguirá trabajando para reforzar la protección de los deudores hipotecarios".
En una nota, la institución ha justificado la decisión, tomada tras reunirse la Junta de Coordinación, en que ya lo han hecho parlamentarios socialistas y su intervención no es "necesaria" para garantizar los derechos fundamentales y las libertades públicas o para salvaguardar la adecuación constitucional del ordenamiento jurídico.
Tampoco ve "asumible" el deseo de la Plataforma de que la institución se adhiriera a su propuesta de recurso, que la PAH no ha podido presentar ante el Constitucional al no estar legitimada para ello.
En el día en que concluía el plazo legal para recurrir la ley ante el Constitucional, el Defensor del Pueblo propone que se cree un procedimiento de insolvencia de las personas físicas y que se faciliten acuerdos entre las partes.
"El Defensor del Pueblo, de acuerdo con la Ley Orgánica que lo regula, está obligado a actuar con plena libertad e independencia de criterio", dice la nota.