Tirón de orejas de la justicia europea a la limitación de licencias VTC en Barcelona

Tirón de orejas de la justicia europea a la limitación de licencias VTC en Barcelona 

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera ilegal la restricción en la ciudad condal en una sentencia que supone un nuevo jarro de agua fría para el sector del taxi.

Protesta del sector de taxi contra la concesión de nuevas licencias de VTC en Barcelona.David Zorrakino/Europa Press via Getty Images

Tirón de orejas de la justicia europea y nuevo jarro de agua fría para el sector del taxi. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha posicionado en contra de la restricción a las licencias de vehículos de transporte con conductor (VTC) en Barcelona al considerar que choca contra el derecho comunitario y que, por tanto, es ilegal.

Concretamente, se trata de una sentencia que apunta a que la ratio del Área Metropolitana de Barcelona “no parece idónea para garantizar la consecución de los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como de protección del medio ambiente”.  Con todo, el tribunal con sede en Luxemburgo reconoce que sí pueden establecerse límites.

En este sentido, se trata de un nuevo capítulo derivado del litigio que salió del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) respecto al caso de Prestige and Limousine SL, filial de Cabify -ya lo elevó en enero de 2021. La firma había llevado a sede judicial el reglamento local de ordenación de VTC en el Área Metropolitana de Barcelona. 

En ese momento, los magistrados del Superior catalán valoraron que “intuyen que en el presente litigio se habrían aplicado normas nacionales o internas que habrían vulnerado el deber de respetar las normas generales del TFUE [es decir, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y espina dorsal de la legislación comunitaria]”.

La postura del Abogado General de la UE

Sin embargo, recoge El País, la clave de esta sentencia tiene mucho que ver con lo que adelantó el pasado diciembre el Abogado General de la UE, Macej Szpunar, poniendo el foco en el artículo 49 de dicho tratado por el que se prohíbe “la libertad de establecimiento de los nacionales de un Estado miembro en el territorio de otro Estado miembro”. Se adelantaba ya el factor de la competencia.

Si bien Szpunar no desterró la posibilidad de establecer límites o restricciones, sí dejó claro que estas deben “responder a una razón imperiosa de interés general", además de "respetar el principio de proporcionalidad”. En este sentido, el Abogado General de la UE valoró que el Ayuntamiento de Barcelona no había demostrado “que restringir la expedición de autorizaciones [de las VTC] a una proporción de 1 por cada 30 licencias de taxi sea idóneo para lograr la gestión del transporte local, del tráfico local y del uso del espacio público y la protección del medio ambiente”.

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Antón Parada es redactor de actualidad en El HuffPost. Es licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid. Antes de llegar aquí trabajó cinco años en La Voz de Galicia y pasó por los micrófonos de Radio Voz.

Puedes contactar con él escribiendo a: anton.parada@huffpost.es