Esto es lo que dice la ley si encuentras cámaras ocultas en tu apartamento de verano
Nunca el propietario puede grabar en el interior de las viviendas, pero sí en el exterior y alrededor de ellas
Para la instalación de cámaras en los pisos alquilados, hay casi tantas casuísticas legales como inquilinos distintos. Porque no es lo mismo que alquiles una casa y te ponga cámaras dentro el dueño de la vivienda, cosa que no puede hacer, que las decidas poner tú, algo que si podrías hacer, aunque se lo tienes que consultar.
Tampoco es lo mismo ponerlas fuera de la vivienda, en los accesos a ella o la escalera que dentro. Entonces sí podría hacerlo el propietario si es por velar por la seguridad de su propiedad, aunque debería informarte de que las has puesto. Y debería consultar a la comunidad de propietarios del edificio, si se trata de tal caso, especialmente si con ellas se graba a las personas entrando y saliendo de la vivienda, para evitar saltarse la ley de protección de datos.
Ya la cosa se complica más si se trata de pisos compartidos, turísticos, o, por ejemplo, de una empresa o plataforma tipo Airbnb. Entonces la cosa es distinta. Porque sí sería legal poner cámaras en un Airbnb, pero su colocación debe cumplir también las leyes. De hecho, este tipo de plataformas suelen, o deberían, especificar en sus políticas que las cámaras de vigilancia sólo las pueden colocarse en las zonas comunes y que deben avisar en el anuncio del alquiler de que las tienen puestas. Obviamente, en las zonas interiores de la vivienda no pueden grabar nada.
Respecto a los pisos normales que alquilamos, pero para uso compartido, es necesario que haya un acuerdo entre los compañeros de piso para poner cámaras o no. Si lo hace uno de los inquilinos, este debe informar al resto de la presencia de la cámara. Y estas cámaras no podrían instalarse en zonas como los dormitorios o los baños, pero uno de los inquilinos puede oponerse a su instalación en las zonas comunes. Entonces deben llegar a un acuerdo o sino podemos denunciarlo.
Y en los pisos turísticos sí se puede poner, aunque la ley especifica algunas de las normas que se deben seguir al hacerlo, como que su finalidad sea preservar la integridad de la vivienda y los bienes que contiene; que, como decíamos en otros casos, nunca graben el interior de la casa; poner un cartel en que se advierta que la zona es de “videovigilancia”, etcétera.
Pero, quizás lo más importante es saber que a esas imágenes solo podrán tener acceso el responsable de su tratamiento, en el caso de que se investigue un delito, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los jueces. Es decir, que sólo se puede pedir la grabación previa denuncia de un delito cometido en la zona que se cree que cubre la cámara.