La fecha de tu hipoteca puede ahorrarte hasta 2.700 euros en la Renta de este año
La Agencia Tributaria deja claras las condiciones para poder acogerse a la llamada ‘deducción por inversión en vivienda habitual’.
Tener que pagar la hipoteca puede traer (además de grandes quebraderos de cabeza) una serie de ventajas fiscales dependiendo de la fecha en la que se firmara el préstamo hipotecario.
A la hora de realizar la declaración de la Renta es posible beneficiarse de la llamada ‘deducción por inversión en vivienda habitual’. No obstante, la Agencia Tributaria subraya en su sitio web que “desde el 1 de enero de 2013 se suprime esta deducción”.
En cualquier caso, ello no significa que la deducción haya desaparecido completamente. El motivo es que todas aquellas personas que suscribieran una hipoteca antes del 1 de enero de 2013 y se beneficiaran de la deducción antes de esa fecha, podrán seguir aplicándola.
En ese sentido, la propia Agencia Tributaria aclara que “si te has deducido antes de esa fecha puedes seguir aplicando esta deducción en tu declaración de Renta si cumples los requisitos establecidos”.
Condiciones para poder aplicar la deducción
En concreto, Hacienda señala que a partir del 1 de enero de 2013 se puede aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual en los siguientes supuestos:
1. Si has adquirido tu vivienda habitual o has pagado cantidades para la construcción de la misma con anterioridad a 1 de enero de 2013.
2. Si has pagado cantidades con anterioridad al 1 de enero de 2013 por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, siempre que las citadas obras hayan finalizado antes del 1 de enero de 2017.
3. Si has pagado cantidades con anterioridad al 1 de enero de 2013 para la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de las personas con discapacidad, siempre y cuando las citadas obras o instalaciones hayan finalizado antes del 1 de enero de 2017.
Además, cabe destacar que la desgravación solo puede llevarse a cabo si el préstamo hipotecario se pidió única y exclusivamente para hacer frente al pago de la vivienda habitual (no se aplica para segundas residencias o pisos que estén alquilados).
Importe máximo deducible
Respecto al importe deducible a través de esta fórmula, quienes cumplan los mencionados requisitos podrán desgravarse hasta un 15% de lo pagado por la hipoteca en el ejercicio anterior. La base máxima asciende a 9.040 euros anuales, por lo que es posible ahorrar hasta 1.356 euros en concepto de IRPF.
Sin embargo, si la hipoteca cuenta con dos titulares y la declaración de la Renta se efectúa por separado, la base máxima se multiplica por dos, alcanzando los 18.080 euros. Por lo tanto, en conjunto, el ahorro en IRPF puede llegar a ser de 2.712 euros.