Esta es la sanción a un policía por consultar datos de un conocido en la base de datos
Sin estar justificado, claro.
Las bases de datos policiales no pueden ser utilizadas a la ligera por parte de los agentes policiales que tienen acceso a ellas para realizar sus pesquisas, investigaciones y comprobaciones en el marco de sus actividades profesionales. Deben ser usadas solo para estos fines y saltarse esta premisa puede salir muy caro.
De hecho, ese tipo de acción puede acarrear una importante sanción al agente, como ya ha ocurrido. Según el portal especializado Economist & Jurist, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado el fallo contrario a un agente de la Policía Nacional que consultó los datos de dos conocidos en varias bases.
A dicho profesional, la Dirección General de la Policía le impuso una sanción de 75 días de suspensión de funciones por la comisión de la que es una infracción disciplinaria. Concretamente, fue el castigo por haber hecho dos consultas, una de ellas en junio de 2020 en la bases de datos policiales ARGOS y Personas para comprobar los datos de filiación de un conocido.
También en octubre de 2020 acudió a las mismas bases para acceder a los antecedentes y ficha policial de otro conocido. En este caso tomó capturas de pantalla que después remitió a esa persona mediante la red de mensajería instantánea Telegram.
"Infracción de deberes u obligaciones legales inherentes al cargo"
La suspensión impuesta abarcó concretamente dos meses y quince días, por la autoría de una falta grave en el marco de la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía. Concretamente, por "la infracción de deberes u obligaciones legales inherentes al cargo o a la función policial, cuando se produzcan de forma grave y manifiesta", que, según el citado medio, contó con anotación de la falta y de la sanción en su expediente personal.