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El Supremo cita a Ábalos el 12 de diciembre y asume la investigación sobre Koldo García y Víctor De Aldama
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El Supremo cita a Ábalos el 12 de diciembre y asume la investigación sobre Koldo García y Víctor De Aldama

El magistrado emplaza al exministro a confirmar "a la mayor brevedad" si va a acudir a la declaración voluntaria.

El diputado del Grupo Mixto José Luis Ábalos.EFE/ Fernando Villar

El magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha citado a declarar de forma voluntaria como investigado a José Luis Ábalos el próximo 12 de diciembre en la causa abierta contra él por la supuesta contratación irregular de mascarillas y material sanitaria durante la pandemia. El juez emplaza al exministro a manifestar "a la mayor brevedad" si va a acudir a la declaración.

Asimismo, el juez instructor ha acordado asumir la competencia para investigar al exasesor de Ábalos Koldo García y al empresario Víctor de Aldama. A este último le ha citado a declarar el próximo 16 de diciembre y a García, el día 17.

Según la exposición razonada y tal y como recoge el Supremo en un comunicado, De Aldama sería la persona que en beneficio propio y de terceros, a través de determinados pagos o de contraprestaciones económicas y aprovechando su influencia sobre Koldo García y sobre el propio José Luis Ábalos, “habría logrado para sí o para terceros y con beneficio económico propio, la adjudicación de determinados contratos, fundamentalmente con las entidades Puertos del Estado y ADIF, pero también con otras administraciones o entidades a ella vinculadas”.

Respecto a Koldo García, asesor del entonces ministro, según los indicios que revelan las investigaciones realizadas por el Juzgado Central de Instrucción nº 2 de la Audiencia Nacional, se trataría de la persona que podría haber actuado como enlace entre la Administración o entidades vinculadas a ella a empresas privadas o conductas equivalentes, es decir, entre Víctor de Aldama y José Luis Ábalos.

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El instructor indica que los pagos que De Aldama, “siempre en los términos indiciarios que resultan propios de esta muy incipiente fase de la investigación, podría haber realizado a los dos primeros, aparecen en el escenario fáctico inescindiblemente vinculados a los cobros, como igualmente no resulta factible desconectar las gestiones intermediadoras que se atribuyen al Sr. García del efecto que las mismas pudieran haber proyectado sobre la persona del aforado. Fácilmente se comprenderá el indisoluble vínculo entre unas y otras imputaciones si se repara en la que resultaría inconciliable coexistencia de resoluciones diversas en alguna de las cuales se descartara, por ejemplo, la existencia de los pagos, mientras otras proclamaran la realidad de los cobros”.