El Constitucional avala la ley Zerolo
El Tribunal rechaza el recurso presentado por Vox.
El Tribunal Constitucional ha avalado este miércoles la conocida como ley Zerolo, cuyo objetivo era el de que "nadie pueda ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad, situación socioeconómica o cualquier otra condición o circunstancia personal o social".
La norma que hoy avala el Constitucional había sido recurrida por el partido de ultraderecha Vox, desde donde denunciaban la incorporación de "perspectiva de género". Según el comunicado hecho público por el Tribunal, "los recurrentes sostenían [...[ que la obligación que establece la Ley de tener en cuenta la perspectiva de género en las políticas contra la discriminación es un planteamiento puramente ideológico", algo que rechaza el Constitucional, que recuerda que "otras leyes también se acogen a esta perspectiva" sin que ello signifique que se imponga ninguna "orientación ideológica sino que, por el contrario, se promueve el avance en el respeto a los valores constitucionales".
A los de Santiago Abascal tampoco les gustaban "los preceptos que impiden discriminar por cualquier razón en la contratación de trabajadores y en el acceso a la compra o alquiler de vivienda". En opinión de Vox, esto limitaba la libertad de contratación y de empresa, algo que, de nuevo, niega el Constitucional. "Los particulares también están obligados a respetar los Derechos Fundamentales", recuerda.
El Constitucional también ha analizado la prohibición de que los centros educativos que segregan por sexo puedan recibir financiación pública. A este respecto, aunque sí señalan que no dicha separación no está limitada por la Constitución, eso no significa "que deban necesariamente recibir ayudas públicas".
Los magistrados Ricardo Enríquez, César Tolosa, Enrique Arnaldo y Concepción Espejel, todos ellos del ala conservadora, han anunciado voto particular.