El Congreso aprueba la ley Trans y la ley del aborto
El Gobierno logra sacar adelante dos de sus leyes más sociales, impulsadas por la ministra de Igualdad, Irene Montero.
Por fin y tras un largo camino legislativo y político, el Congreso de los Diputados ha aprobado la ley Trans y la reforma de la ley del aborto.
Las dos normas han sido tramitadas por el procedimiento de urgencia, pero la introducción de algunas enmiendas en la Cámara Alta ha supuesto su vuelta al Congreso, donde finalmente ha salido adelante.
El punto principal de la Ley para la igualdad real y efectiva de la personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI es el reconocimiento de la libre determinación de la identidad de género, es decir, cualquier persona podrá cambiar su sexo registral sin necesidad de presentar informes médicos o psicológicos ni someterse a procesos de hormonación.
Se despatologiza así el proceso de rectificación registral de la mención relativa al sexo, al que podrán acceder libremente las personas mayores de 16 años. Los menores de entre 14 y 16 deberán contar con el apoyo de sus padres, mientras que entre los 12 y los 14 años será necesaria una autorización judicial.
Los menores de 12 años no podrán cambiar su sexo, pero sí su nombre en los documentos oficiales.
El punto de los menores causó un choque entre los dos socios de Gobierno después de que el PSOE decidiera presentar una enmienda en el Congreso para exigir que la autorización judicial fuera necesaria para todos los menores de 16 años.
Finalmente, esta propuesta no salió adelante y los socialistas decidieron no volver a presentar la enmienda en el Senado, donde el único cambio introducido, además de algunas "cuestiones técnicas", es la eliminación definitiva de la violencia intragénero, la que se da entre parejas del mismo sexo.
Otros de los avances que introduce la ley son la prohibición de las terapias de conversión; el acceso a técnicas de reproducción asistida para lesbianas, bisexuales y personas trans con capacidad de gestar; el reconocimiento de la filiación de hijos de lesbianas y bisexuales sin necesidad de matrimonio; y la creación de un régimen de infracciones contra actos de discriminación a personas LGTBI.
La reforma de la ley del aborto devolverá a las menores de entre 16 y 18 años la posibilidad de someterse a una interrupción voluntaria del embarazo sin autorización paterna, un requisito introducido en 2015 por el PP en la reforma que hizo de la norma vigente, aprobada en 2010.
Con la nueva reforma el Gobierno pretende garantizar que la sanidad pública será la red de referencia para abortar, además de regular otros derechos sexuales y reproductivos de la mujer, como las incapacidades temporales por reglas dolorosas pagadas desde el primer día por la Seguridad Social.
Se creará un registro de objetores de conciencia y quien se declare objetor no podrá formar parte de los comités clínicos que autorizan los abortos por cuestiones médicas más allá de la semana 22.
Asimismo, se eliminan los tres días de reflexión que las mujeres deben cumplir para someterse a un aborto, así como el sobre con información sobre ayudas activas a la maternidad que debían recibir antes de la interrupción.
La ley también considera la gestación subrogada una forma de violencia contra las mujeres, de forma que se perseguirán a las agencias que promueven esta práctica, que es ilegal en España, y se prohíbe su publicidad, aunque no castigará a quienes acudan a estas empresas.
En su paso por el Senado y tras la polémica por el protocolo anunciado por el Gobierno de Castilla y León para reducir los abortos, a la reforma de la ley se le ha incluido un punto destinado a impedir que las mujeres que deseen interrumpir su embarazo se vean sometidas a prácticas no científicas para condicionar su decisión, como escuchar el latido del corazón del feto o ver una ecografía 4D.