Baltar niega en el Supremo haber cometido delito porque no superó los 200 km/hora
El senador popular y expresidente de la Diputación de Ourense rechaza la versión de la Guardia Civil y asegura que no circulaba a 215 km/h en coche oficial y que nunca superó los 200, el mínimo para ser considerado delito.
El senador del PP, José Manuel Baltar Blanco, ha rechazado que haya cometido un delito contra la seguridad vial por circular en un coche oficial a 215 kilómetros por hora al desmentir a la Guardia Civil sobre la velocidad, puesto que sostiene que nunca rebasó los 200 km/h, el mínimo para que sea considerado delito.
El también expresidente de la Diputación de Ourense ha comparecido esta mañana durante media hora ante la jueza Ana Ferrer que le había citado para declarar voluntariamente antes de pedir, en su caso, un suplicatorio a la Cámara Alta, un vez que la semana pasada dio plantón a la magistrada porque su abogado estaba enfermo.
En declaraciones a los medios, su abogado Juan Ramón Montero ha explicado que "la causa está resuelta" porque ya han rendido cuentas al haber pagado la multa por vía administrativa además de la retirada de seis puntos del carnet, de manera que "no se puede reabrir" un procedimiento que "ya ha sido objeto de sanción". Pero algo mucho más importante, ha precisado, es que "no era constitutivo de actuación delictiva ninguna" ya que "nunca" circuló a una velocidad superior a 200km/hora.
La defensa de Baltar rechaza la versión de la Guardia Civil
Esa velocidad es el mínimo para poder considerarlo delito, que es siempre 80 kilómetros más que el máximo establecido en ese tramo, que era de 120 kilómetros hora. El margen de error es de 10 km, por tanto, a partir de 210 es delito.
De esta forma, ha considerado que el suplicatorio es "improcedente" ya que entiende que "no existe procedimiento penal viable alguno" y todo lo que ha surgido alrededor de lo acontecido es "lamentable".
Preguntado por la documentación de la Guardia Civil que cifra la velocidad a 215 km/hora, el letrado ha desmentido al instituto armado al decir no solo que "no fue así" sino que "la Guardia Civil dijo que no era superior a los 200 km" y "eso es lo que pasó".
"Cualquiera otra alteración sería la irregularidad", ha añadido el letrado, que ha reclamado al Supremo "igualdad ante la ley" que "últimamente es un tema poco cariñoso" en relación a la ley de amnistía.
Lo sucedido en la A-52
El Tribunal Supremo abrió una causa contra Baltar al apreciar que pudo incurrir en un delito contra la seguridad vial cuando el pasado mes de abril circulaba a 215 kilómetros por hora en un tramo de la autovía A-52, a la altura de la comarca zamorana de Sanabria, limitado a 120.
La Sala de lo Penal recibió el pasado 27 de septiembre testimonio de juicio rápido y diligencias urgentes remitidas por juzgados de Zamora y Puebla de Sanabria por el aforamiento de Baltar al ser nombrado senador.
Inicialmente, Baltar iba a ser examinado en el Juzgado de Instrucción de Puebla de Sanabria mediante juicio rápido pero en una primera ocasión se suspendió por incomparecencia de su abogado y la segunda vez porque rechazó conformarse con las penas de la Fiscalía (1.800 euros de multa y la prohibición de conducir durante un año) al entender que no había cometido delito, por lo que el caso pasó a manos del Juzgado de lo Penal de Zamora.
Una vez designado senador por el Parlamento de Galicia, el Juzgado de lo Penal número 1 de Zamora acordó la inhibición y remisión de las actuaciones en favor del Tribunal Supremo.