Debate en Estocolmo: retos de la Presidencia sueca en Justicia e Interior

Debate en Estocolmo: retos de la Presidencia sueca en Justicia e Interior

Arranca la Presidencia (semestral) sueca del Consejo de la UE, un tramo decisivo de la legislatura del Parlamento Europeo. 

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Arranca la Presidencia (semestral) sueca del Consejo de la UE, un tramo decisivo de la Legislatura 2019/2024 del Parlamento Europeo (PE): precede a la española (segunda mitad de 2023) y a la belga (primera mitad de 2024, conduciendo éstas a las próximas elecciones europeas). Este lunes 30 de enero, durante la semana de trabajo en las Comisiones del PE, han comparecido los ministros de Justicia e Interior (Gunnar Strommer) y de Migraciones (Mariya Stenergard) ante la Comisión de Libertades, Justicia e Interior del PE (LIBE) para presentar la agenda de objetivos de la Presidencia sueca en esta área relevante para la dimensión político-constitucional de la política y la legislación europea.

Precedió a esta comparecencia la reunión del Consejo de Ministros de Justicia e Interior (JAI) en Estocolmo (26 y 27 enero), en la que he tenido el honor de participar, como hago regularmente, como Presidente de LIBE en representación del PE, para la discusión de los asuntos legislativos en curso de tramitación y debate parlamentario, y para cuya entrada en vigor será precisa, tras la negociación interinstitucional (trílogo) un acuerdo con el Consejo en que se sientan los representantes de los Estados miembros (EEMM) de la UE.

En el formato de Consejo de Ministros/as de Interior (jueves 26 enero) fue punto principal de discusión la oportunidad inaplazable de aprobar, en este mandato del PE y de la Comisión Europea que preside Von der Leyen (Comisión VDL), el New Asylum & Migration Pact, estableciendo -de una vez- un equilibrio mutuamente aceptable entre responsabilidad compartida en la gestión integrada de las fronteras exteriores (con el apoyo de la Agencia Frontex, cuya Dirección desempeñará por los próximos cinco años el holandés J. Leitjens) y la solidaridad vinculante en el realojamiento de las personas que llegan irregularmente a la UE (lo que compele a reforzar las vías legales y seguras/ Legal Pathways, para que no se vean forzadas a arriesgar la vida en el empeño) y/o son rescatadas en operaciones de Salvamento en la Mar /Search & Rescue, tal y como mandata el art. 80 TFUE. Sabemos ya que esta política es, con toda evidencia, la más divisiva y confrontacional en la UE: lo es geográficamente (FrontLine States vs. EEMM interiores), ideológicamente (ultraconservadores vs. progresistas) y electoralmente (europeístas vs eurófobos). 

Pero asimismo somos conscientes de que el hecho migratorio y el cumplimiento de las obligaciones internacionales de Derecho humanitario (protección internacional de refugiados y S&R Operations) sólo puede ser asegurado eficazmente si la UE actúa unida en su escala de respuesta, y lo hace de manera consistente y coherente con sus valores proclamados y con el Derecho de la UE.  

Es cierto que el Gobierno sueco ha sacudido buena parte de las expectativas generadas en este tramo final de la Legislatura 2019/2024 por el cambio de su orientación y composición tras las últimas elecciones en el país escandinavo, pero también que, no obstante, su acción en esta materia se ha vinculado a la Hoja de Ruta/Road Map solemnemente firmada con el PE por todas las Presidencias hasta el final de este término. No sorprende que la discusión en el JAI de Estocolmo basculase sobre la oportunidad de imprimir la fuerza de la unidad de la UE en la negociación conjunta de acuerdos de retorno,de aquellas personas que no tengan título jurídico para permanecer en la UE,hacia terceros países (de origen o de tránsito) que estén dispuestos a aceptarlos, en lo que se denomina la “dimensión exterior de la Política Común de Migraciones y Asilo”. 

A nadie sorprenderá que, en este punto, el mensaje del PE y de la Comisión LIBE sea el del respeto a los derechos humanos y fundamentales implicados en cada ejercicio de retorno, en modo que se desenvuelvan protegiendo debidamente su dignidad, y preferentemente apoyadas en el principio de su voluntariedad (Voluntary Returns),y mediante incentivos positivos, huyendo del enfoque represivo y punitivo que, obsesivamente, invocan algunos/as ministros/as de Interior de los EEMM. Esa es la directriz del voto parlamentario sobre la Revisión de la Directiva de Retorno aprobada en 2008, con la que la mayoría del PE, expresada claramente en sucesivas votaciones, no se siente conforme.

En cuanto al tramo de Justicia del Consejo de Ministros/as JAI (viernes 27 febrero), el punto troncal de discusión fue cómo incrementar la cooperación judicial penal en la UE (arts. 81, 82 y 83 TFUE), crucial para acometer la criminalidad grave transnacional y reducir los márgenes de impunidad de delitos que escapan a la respuesta penal y jurisdiccional de sus EEMM. Es mucho lo que se ha avanzado desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa (TL) y la Carta de Derechos Fundamentales de la UE (CDFUE) en 2009, y con estas normas el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (ELSJ, Título V, arts. 67 a 89 TFUE). Así lo atestiguan la Euroorden, (EAW, por sus siglas en inglés), la Orden Europea de Investigación (EIO), y la Directiva de Confiscación de Bienes procedentes del Delito (Asset Confiscation Recovery). 

Recientemente, además, hemos incorporado a esta caja de herramientas/ToolBox, ordenada en el Paquete UE de Garantías Procesales/EU Procedural Garantees Package, la transferencia directa de pruebas electrónicas (e-Evidence), con lo que debe aspirarse a un salto adelante en la eficacia de las acciones comunes contra la cibercriminalidad, exponencialmente multiplicada en su lesividad contra derechos y bienes durante y tras la pandemia del Covid, a todo lo largo de la UE.

Pero es mucho lo que puede esperarse de un marco europeo definitivo para superar el actual estadio, muy insatisfactorio, de la comunicación y transferencia de procedimientos penales en curso (Transfer of Criminal Proceedings), y para ello es preciso reforzar los pilares en que toda esta arquitectura se basa según el TFUE: confianza mutua/mutual trust, reconocimiento mutuo/mutual recognition, y valores comunes vinculantes para los EEMM (art. 2 TUE) entre los que sobresale la independencia judicial (art. 47 CDFUE).

En el transcurso del Consejo JAI de Ministros/as de Justicia pudimos asistir a una elocuente presentación de Eurojust (Agencia UE de Cooperación Judicial, con sede en la Haya y que preside Ladislav Hamram) que dio cuenta del indiscutible valor añadido que la acción común de los jueces competentes de investigaciones penales (Investigating Judges) y Fiscales de los EEMM pueden aportar a la prevención de toda impunidad en crímenes transnacionales, que son la inmensa mayoría de los delitos de nuestro tiempo, singularmente en el radio de acción de la UE. 

Complementada esta arquitectura con otros organismos relevantes (OLAF/Oficina UE contra el fraude, y la Fiscalía Europea/EPPO, con potestad para investigar y acusar todos los delitos de fraude, corrupción, cohecho, malversación, apropiación indebida, en cuanto afecten directa o indirectamente los intereses financieros de la UE y la gestión del Presupuesto o los Fondos de la UE, reclamando para sí la instrucción de aquellas causas que ya se encuentre en curso), todo cuanto pueda avanzarse en la garantía del derecho fundamental a la seguridad de la ciudadanía europea (art.6 CDFUE) ha recibido siempre el apoyo decidido de la Comisión LIBE y el PE. 

En el terrible contexto de la guerra de agresión de la Rusia de Putin contra Ucrania, lo atestigua últimamente la tramitación y aprobación (por procedimiento de urgencia, en apenas unos pocos meses) de la modificación del Reglamento del mandato de Europol para reforzar su cooperación con la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional (TPI) y con los Equipos Conjuntos de Investigación en marcha para perseguir los crímenes de guerra perpetrados por las tropas rusas, además de facultarlo para recolectar, almacenar y transmitir las pruebas de tales crímenes en los procedimientos penales para su enjuiciamiento. 

Como, del mismo modo, hemos aprobado en el PE el mandato a la UE para que actúe conjuntamente ante NNUU para el establecimiento de un Tribunal Penal Especial contra el Crimen de Agresión (complementario del TPI) ante el que sentar -un día, más pronto que tarde- a los responsables de tanta sangre inocentemente derramada en la ilegal, ilegítima e injustificable Guerra de Putin en Ucrania.

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Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada con premio extraordinario, Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología por la Universidad Complutense de Madrid, becario de la Fundación Príncipe de Asturias en EE.UU, Máster en Derecho y Diplomacia por la Fletcher School of Law and Diplomacy (Tufts University, Boston, Massasachussetts), y Doctor en Derecho por la Universidad de Bolonia, con premio extraordinario. Desde 1993 ocupa la Cátedra de Derecho Constitucional en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Es, además, titular de la Cátedra Jean Monnet de Derecho e Integración Europea desde 1999 y autor de una docena de libros. En 2000 fue elegido diputado por la provincia de Las Palmas y reelegido en 2004 y 2008 como cabeza de lista a la cámara baja de España. Desde 2004 a febrero 2007 fue ministro de Justicia en el primer Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. En octubre de 2007 fue elegido Secretario general del PSC-PSOE, cargo que mantuvo hasta 2010. En el año 2009 encabezó la lista del PSOE para las elecciones europeas. Desde entonces hasta 2014 presidió la Delegación Socialista Española y ocupó la presidencia de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior en el Parlamento Europeo. En 2010 fue nombrado vicepresidente del Partido Socialista Europeo (PSE).